El
Servicio Canario de la Salud ha sido condenado a pagar una indemnización de
casi 196.000 euros a una enfermera a la que se le reconoció un grado de
incapacidad laboral permanente debido a una agresión por parte de un paciente
en el año 2015.
El fallo del Juzgado de lo Social número 9 de Las
Palmas de Gran Canaria ha considerado un “incumplimiento de la normativa de
riesgos laborales”, estableciendo que, en este caso, no se aplicaron las
medidas de seguridad adecuadas establecidas en el Plan de Prevención contra
Agresiones a los Trabajadores del Servicio Canario de la Salud.
La enfermera trabajaba en un hospital psiquiátrico
como personal estatutario eventual, en el otoño de 2015, cuando sucedió la
agresión y recibió asistencia sanitaria el mismo día de los hechos, padeciendo
en principio un esguince de muñeca. Con el paso del tiempo, el esguince se
complicó y derivó en una inmovilidad por la que se le declaró una incapacidad
permanente en mayo de 2017.
El Equipo de Valoración de Incapacidades del
Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) propuso la calificación de la
trabajadora como incapacitada permanente, en grado de absoluta. La trabajadora
permaneció en situación de Incapacidad Temporal desde el 26 de septiembre de
2015 hasta el 25 de mayo de 2017.
Hay que destacar que el Servicio Canario de Salud
elaboró en 2006 el “Plan de Prevención de las Agresiones a los Trabajadores del
Servicio Canario de Salud”, para este tipo de situaciones que, según considera
la sentencia, en esta ocasión no se llevó a cabo.
Estos hechos revelan la importancia de una
implantación efectiva y real de la prevención de riesgos en el sector público
estatal, quedando reflejado en este caso la falta de elaboración de un Plan de
Prevención de Riesgos Laborales e información a la trabajadora sobre los
riesgos inherentes a su puesto de trabajo.