MODIFICACIÓN PERMISOS FUNCIONARIOS
La reciente aprobación, por parte del gobierno, de una serie de medidas para la mejora de la conciliación ha conllevado la modificación del TREBEP en consonancia a lo aprobado.
Concretamente se ha modificado los artículos los apartados a) e i) del artículo 48 se añade un apartado g) al artículo 49, quedando redactados de la siguiente manera:
ARTÍCULO 48. PERMISOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS
Los funcionarios públicos tendrán los siguientes permisos: