miércoles, 4 de octubre de 2023

Si tienes jornada parcial, tu cotización se equipara con la jornada completa

 


Desde el 1 de octubre se equipara la jornada a tiempo parcial con la completa para acreditar los periodos de cotización para el reconocimiento de las pensiones

A partir del 1 de octubre, el trabajo a tiempo parcial se equipara con el trabajo a tiempo completo, a efectos del cómputo de los periodos necesarios para causar derecho a las prestaciones, los llamados periodos de carencia.

Con ello, entra en vigor una de las medidas de la reforma del sistema de pensiones, principalmente diseñada para reducir la brecha de género. La equiparación de las personas trabajadoras con contratos a tiempo parcial con las de contrato a tiempo completo, en cuanto al cómputo de los periodos de cotización para el reconocimiento de las pensiones, ha sido pensada para mejorar los derechos de las personas que desarrollan su jornada a tiempo parcial, mayoritariamente las mujeres trabajadoras, y facilitar el acceso a dichas prestaciones sin tener en cuenta el coeficiente global de parcialidad utilizado hasta ahora.

Las personas trabajadoras que se veían obligadas a reducir su jornada por cuidar a los familiares, hasta ahora no podían acceder a las prestaciones de Seguridad Social en los mismos términos que las personas trabajadoras a tiempo completo.

BOC Nº 196. Miércoles 4 de octubre de 2023

 


BOC Nº 196. Miércoles 4 de octubre de 2023

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