La
Plataforma Sindical y de Asociaciones
profesionales de Empleadas y Empleados Públicos, en relación a la petición de
que interpusiera Recurso de Inconstitucionalidad contra el Real Decreto 20/2012,
tuvo conocimiento de la resolución
dictada por Soledad Becerril, Defensora del Pueblo, por el que se suprime la
paga extra de navidad a la propuesta que le fue formulada dicha Plataforma.
La
Defensora del Pueblo, dicta una Resolución en la antepone su marcado carácter
político sobre la “defensa” de los intereses de un importante colectivo de
trabajadores y trabajadoras, en este caso, representado por los Empleados
Públicos.
En
el citado escrito, con constantes referencias al RD 8/2010, por el que ya se
nos expolió el 5 % de nuestras retribuciones, así como a las Resoluciones del
Tribunal Constitucional que se dictaron al efecto, hace un breve resumen de
todas las peticiones que, a través de nuestra Plataforma Sindical, así como a
través de muchísimas solicitudes individuales y de otras Asociaciones y
Organizaciones, se le habían hecho al respecto.
En
el límite del plazo para presentar el recurso de inconstitucionalidad, que
concluyó el 15 de octubre, la Sra. Becerril concluye que no ve
“inconstitucionalidad” en el RDL 20/2012.
Pese
a ello, y como al parecer está tan al límite de la constitucionalidad, y pese
al calzador, no le cabe todo en su argumentación, termina haciendo determinadas
Recomendaciones al Gobierno, a través del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas, en especial respecto a la parte de la Paga Extra de
Navidad suspendida, o quizás, mejor dicho, hurtada, pero que ya ha sido
devengada.
También
alude a la indeterminación que contiene el citado RDL sobre la forma que, en su
caso, va a ser -si es que lo es- devuelta.
Vamos,
que para la Defensora del Pueblo, hacer cumplir la legalidad vigente,
respectando el principio de legalidad y la no retroactividad de las normas
sancionadoras o restrictivas de derechos es simplemente una “recomendación”.