miércoles, 9 de noviembre de 2011

PUBLICADO EN EL BOC LOS FESTIVOS PARA EL 2012



4547 DECRETO 256/2011, de 28 de julio, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2012, y se abre plazo para fijar las fiestas locales.


De conformidad con lo establecido en el artículo 33.2 del Estatuto de Autonomía y en el artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, es competencia del Gobierno de Canarias establecer, dentro del límite anual de catorce días festivos, la relación de días laborables y festivos para el año  012 en la Comunidad Autónoma de Canarias.
A la vista del calendario para el año 2012, y teniendo en cuenta que coincide en domingo la fiesta del 1 de enero, Año Nuevo, se ha estimado conveniente sustituir el descanso laboral correspondiente al día 2 de enero por el día 30 de mayo, Día de Canarias.
Por otra parte, los Cabildos Insulares, órganos de gobierno de las islas, considerando la  particularidad de las mismas, sus realidades geográficas, humanas, sociológicas, económicas y administrativas, tal y como se reconoce en la Constitución Española, en el Estatuto de Autonomía de Canarias y en la Ley de Bases del Régimen Local, han propuesto las fiestas
que por tradición son propias a cada una de ellas, sustituyendo, a tal fin, la fiesta correspondiente a Santiago Apóstol (25 de julio).