viernes, 10 de febrero de 2023

El régimen de Seguridad Social aplicable a un funcionario de la AGE transferido a una CCAA por promoción interna es el autonómico


 El Tribunal Supremo, en sentencia del pasado mes de noviembre (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3ª) responde a la cuestión de interés casacional planteada, consistente en “determinar cuál es el régimen de previsión social aplicable a los funcionarios de la Administración del Estado que, transferidos a las Comunidades Autónomas, con posterioridad, ingresan, a través del mecanismo de promoción interna voluntario, en cuerpos propios de las Administraciones autonómicas a las que fueron transferidos”

La Tesorería General de la Seguridad Social mantiene que, en el presente caso:

  • No se produce el supuesto de hecho previsto para la aplicación del artículo 97.2 i de la Ley General de la Seguridad Social de 1994, ni del artículo 136.2 n) de la vigente Ley General de la Seguridad Socialii, habida cuenta de que el acceso a la administración autonómica por parte del Sr. Emiliano no se produjo voluntariamente sino por una transferencia forzosa, momento en el que se produjo su integración en dicha administración.

BOC Nº 29. Viernes 10 de febrero de 2023

 


BOC Nº 29. Viernes 10 de febrero de 2023

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Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud

BOC Nº 28. Jueves 9 de febrero de 2023

 


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