Dice
la legislación que un accidente de trabajo es toda lesión corporal que la
persona sufra con ocasión o a consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta
ajena. Pese a la aparente sencillez de este concepto, son muchas las
situaciones que pueden presentarse en el ámbito profesional en las que con
frecuencia surgen dudas sobre si una determinada lesión es catalogable o no
como accidente de trabajo.
Entre estas situaciones se encuentran con
frecuencia las asociadas a los accidentes que se producen al ir o al volver al
trabajo, comúnmente conocidos como accidentes in itinere.
Básicamente, para que estos existan se necesitan tres elementos, que son, el
“domicilio”, el “lugar de trabajo” y el nexo entre ellos a través del
“trayecto”. Para el reconocimiento efectivo de este tipo de accidentes se
requiere que quienes han sufrido sus consecuencias acrediten la carga de la
prueba del origen laboral del daño en cuestión, demostrando que se produjo en
tiempo y lugar de trabajo.