El Tribunal
de Justicia de la Unión Europea ha
dictado sentencia, de fecha 20 de julio del 2016, que falla en el sentido de
que cuando un trabajador ponga fin por voluntad propia a la relación laboral,
tendrá derecho a percibir una compensación económica si no ha podido agotar
total o parcialmente su derecho a vacaciones anuales retribuidas.
El
fallo está basado en el artículo 7, apartado 2 de la Directiva
2003/88, y el objeto del litigio principal se refiere a un
funcionario municipal del Ayuntamiento de Viena (Austria).
El
citado funcionario estuvo de baja médica durante 19 meses y 15 días, hasta la
fecha de su jubilación, sin que hubiera podido disfrutar de las vacaciones
anuales retribuidas que le correspondían.