El Ministerio de Sanidad ha publicado un documento acerca de las «Instrucciones sobre la realización de pruebas diagnósticas para la detección del COVID-19 en el ámbito de las empresas».
En él, se
destacan dos cuestiones principales:
- Cualquier
entidad de naturaleza pública o privada que, en relación con las pruebas
diagnósticas para la detección del COVID‐19, adquiera hisopos
para toma de muestras, medio de transporte de virus, reactivos de
inactivación, kits de extracción de ácidos nucleicos o reacciones de PCR,
o test rápidos para realizar diagnósticos deberá ponerlo
en conocimiento de la autoridad sanitaria competente de
la comunidad autónoma.
- La intervención de los servicios de prevención en el ámbito de las empresas es crucial, adaptando su actividad con recomendaciones actualizadas: medidas de carácter organizativo, de protección personal, de trabajador especialmente vulnerable y nivel de riesgo, de estudio y manejo de casos y contactos ocurridos en la empresa y de colaboración en la gestión de la incapacidad temporal.