a) Hecho Causante
Es la jubilación (personal
civil) del funcionario y puede producirse por distintos motivos:
b) Periodo de Carencia
Para causar derecho a pensión
ordinaria de jubilación es requisito indispensable haber completado un periodo
mínimo de 15 años de servicios efectivos al Estado.
c) Cálculo de Pensión
La cuantía de la pensión
ordinaria se determina aplicando al haber regulador que
corresponda, según el Cuerpo o categoría del funcionario, el porcentaje establecido
en función del número de años completos de servicios efectivos al Estado.
Haberes reguladores (bases para el cálculo
de las pensiones de Clases Pasivas): se fijan anualmente en la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para cada grupo, subgrupo (EBEP Real Decreto
Legislativo 5/2015) de clasificación en que se encuadran los distintos Cuerpos,
Escalas, plazas o empleos de funcionarios.