lunes, 23 de septiembre de 2024

El reconocimiento de servicios previos en hospitales privados

 

El reconocimiento de servicios previos en hospitales privados

El Tribunal Supremo ha determinado que el trabajo realizado en hospitales privados puede computarse como servicio previo a la Administración Pública, siempre que la naturaleza del servicio sea pública.

Esto significa que el criterio clave para reconocer trienios no es si el centro hospitalario es público o privado, sino si los servicios prestados son de carácter público, como en el caso de contratos de concesión administrativa.

FAC-USO considera que esta sentencia es un avance significativo en la protección de los derechos laborales de los trabajadores del sector sanitario, especialmente aquellos empleados en entidades privadas que gestionan servicios públicos.

Este reconocimiento fortalece el principio de equidad laboral, asegurando que el tiempo trabajado en la provisión de servicios esenciales bajo concesión pública se valore de manera justa y equivalente al trabajo en entidades públicas directamente.