Los
funcionarios de carrera de la Administración Civil del Estado que accedan por
promoción interna a Escalas interdepartamentales o departamentales de
Organismos Autónomos, quedarán incluidos obligatoriamente en el Régimen General
de la Seguridad Social, sin perjuicio de que puedan mantener la condición de
mutualistas, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.
Por
la disposición final 6º de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2017 (LPGE17) se ha procedido a la
modificación de los artículos 7 y 8, y de la disposición adicional primera, del
texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles
del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, (LSSFCE)
otorgando un derecho de opción a los
mutualistas que causen, o hayan causado, baja en MUFACE por haber promocionado
a determinados Cuerpos o Escales excluidos del ámbito de aplicación del
mutualismo administrativo, introduciendo la siguiente redacción: