NOVEDADES
IV CONVENIO ÚNICO
JUBILACIÓN PARCIAL
Tras la publicación del IV Convenio
Único, desde la FAC-USO ya advertimos que era un convenio
con muchas carencias y con un clarísimo tinte electoralista, una vez más el
tiempo nos ha dado la razón. Prueba de ello es la chapuza que están preparando
con las jubilaciones parciales, la disposición adicional decimoprimera del IV
Convenio Único dice:
“El personal laboral de la
Administración General del Estado sujeto al presente Convenio podrá acogerse a
la jubilación parcial en los términos previstos en la ley, a partir del 1 de
enero de 2021.
Previamente se constituirá a estos efectos un grupo de trabajo en el
seno de la Comisión Paritaria para acordar las condiciones de acceso a dicha
modalidad de jubilación.”
Pues bien, si esta disposición hubiese quedado redactada sin el segundo
párrafo, se habría empezado a aplicar la ley de la seguridad social desde enero
de 2021, automáticamente. Pero al añadir un segundo párrafo que impone la creación de un grupo de
trabajo, en un afán de protagonismo por parte de los firmantes que poco tiene
que ver con los intereses
de las personas trabajadoras que van a acceder a la jubilación, lo que
han conseguido es retrasar sine díe algo que perfectamente podría estar vigente
desde el 1 de enero de 2021.