La hiperconexión o conexión permanente a los dispositivos digitales trae consigo una serie de riesgos laborales. USO recuerda algunas medidas preventivas para facilitar la necesaria desconexión
La tecnología facilita la conexión permanente pero la hiperconexión tiene efectos sobre la salud y genera riesgos psicosociales sobre los que hay que actuar. USO te recuerda alguno de los riesgos laborales del uso intensivo de los dispositivos digitales y las medidas preventivas para facilitar la desconexión.
La pandemia ha supuesto la aceleración del proceso de digitalización, estableciéndose nuevas formas de trabajo como el trabajo a distancia. La inestabilidad del entorno laboral y el miedo a perder el empleo trajeron consigo una excesiva implicación y disponibilidad por parte de los trabajadores. La hiperconexión ha derivado en la aparición de síndromes que pueden converger en un bloqueo mental, impidiendo el disfrute de la vida personal y el tiempo libre.
La Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos y garantía de derechos digitales y la Ley 21/2021, de Trabajo a distancia, han tratado de ofrecer una solución a la hiperconectividad mediante la regulación del derecho a la desconexión digital. A través de esta nueva normativa, se recoge la desconexión digital desde una perspectiva de negociación colectiva.