Desde la perspectiva de
un Empleado Público no nos podemos creer que en el Siglo XXI una Empresa que,
se considera un referente como Centro Especial de Empleo, y que en su Web
presume de aportar “una responsabilidad social corporativa, basada en la
igualdad de oportunidades y la colaboración en la inserción de personas con
riesgo de exclusión social” pueda, como efectivamente ha hecho,
actuando con total descaro, vulnerar los Derechos Fundamentales de sus
Trabajadores… Pretendiendo de esta forma impedir la libre concurrencia de los
mismos a un Proceso de Elecciones Sindicales en la citada Empresa…
jueves, 23 de noviembre de 2017
El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal

La Justicia europea cree discriminatorio el sistema español de acceso al desempleo para algunos contratos a tiempo parcial
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que la legislación española discrimina a los trabajadores a tiempo parcial vertical en su acceso a la prestación por desempleo. Además, advierte que, como ese tipo de contratos lo tienen mayoritariamente mujeres, la norma nacional que determina ese acceso "constituye una diferencia de trato en perjuicio de las mujeres".
Un trabajo a tiempo parcial vertical es aquel que concentra las horas de trabajo en determinados días laborables de la semana, a diferencia del horario parcial horizontal, en el que el empleado trabaja todos los días laborables de la semana.
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