Las ayudas se daban en el marco del Plan de recuperación financiado por la UE. Sin embargo, el TS no considera acreditadas las circunstancias que impedían, supuestamente, el procedimiento ordinario de convocatoria pública que prevé la Ley General de Subvenciones.
La sentencia se pronuncia en el sentido de que invocar la crisis del Covid-19 y la guerra de Ucrania para obviar la convocatoria pública de las subvenciones no tiene justificación legal alguna. Y tampoco cabe sostener que el importe de las subvenciones no tenga impacto significativo en la actividad económica, puesto que se trata de una concesión de más de treinta millones de euros a repartir entre dos patronales y una organización sindical.
Joaquín Pérez, secretario general de USO, considera que «la formación para el empleo deben ejercerla directamente las Administraciones. Sin intermediarios»