viernes, 24 de mayo de 2024

Cambios en la acumulación de lactancia y prioridad de los convenios colectivos

 


Todas las personas podrán acumular sus horas de lactancia en jornadas. También hay cambios en la prevalencia de convenios colectivos territoriales

El RD 2/2024, que detalla todos los cambios en las prestaciones y subsidios por desempleo, recoge también dos medidas de suma importancia para los trabajadores, como son la acumulación del derecho de lactancia y una nueva prioridad en los convenios colectivos.

Aunque algunas de las medidas del RD entran en vigor en diferentes fechas, tanto las relativas a la prevalencia de los convenios colectivos como a la lactancia entran en vigor mañana, 23 de mayo de 2024, al día siguiente de haber sido publicadas en el BOE.

Acumulación del permiso de lactancia

El RD introduce cambios en la negociación del ejercicio del permiso parental del artículo 37.4 ET. La nueva ley elimina la parte que regulaba la prevalencia de lo pactado en la negociación colectiva (o en un acuerdo entre la persona trabajadora y la empresa, pero siempre respetando lo regulado en aquella), sobre el derecho a sustituir la hora de ausencia del trabajo para el cuidado del lactante hasta que este cumpliera 9 meses (o dos fracciones de media hora) por la reducción de su jornada en media hora, con la misma finalidad, o acumularlo en jornadas completas.

Es decir, se universaliza el derecho a acumular en jornadas completas las horas de lactancia, con independencia de que lo recoja o no el convenio colectivo. Ahora, prevalece lo que pacten las personas trabajadoras individualmente con la empresa en cuanto a las condiciones del ejercicio del permiso por lactancia sobre lo pactado colectivamente en un convenio colectivo. Se ajusta así a las necesidades de las personas trabajadoras.

Prestación y subsidio por desempleo: todos los cambios

 


USO te explica los cambios introducidos por el nuevo Real Decreto en cuanto a la prestación y el subsidio por desempleo

El RD 2/2024, de 21 de mayo, moderniza e introduce cambios en las prestaciones y el subsidio por desempleo, buscando reforzar la protección social. Hoy ha sido publicado en BOE y mañana entrarán en vigor casi todas las medidas, excepto las que especifican una fecha diferente.

Con él, se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo. Además, se completa la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo, publicado el 22 de mayo.

A continuación, resumimos los cambios más significativos en lo que respecta al aspecto de las prestaciones por desempleo.

Prestación y subsidio por desempleo

En el ámbito del desempleo, la norma se centra en simplificar y mejorar la asistencia a los desempleados, aumentando la accesibilidad y reduciendo las cargas administrativas. Se asegura una protección más comprensiva, permitiendo una mejor integración de los beneficiarios en el mercado laboral mediante programas y acciones específicas de reinserción.

El texto del RD- Ley2/2024, detalla una serie de modificaciones significativas en la prestación y subsidio por desempleo, orientadas, mayoritariamente, al colectivo de las personas desempleadas cuya situación guarda una relación directa con la pérdida inmediatamente anterior de un empleo, o el agotamiento de la prestación contributiva.

Algunos cambios del subsidio por desempleo