Mediante
Decreto 25/2020, de 17 de marzo, del Presidente, se establecen las condiciones
de conectividad marítima interinsular en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Canarias. Decreto dictado en uso de la habilitación al Presidente de la
Comunidad Autónoma de Canarias para establecer las condiciones de conectividad
marítima entre islas, establecida en el artículo 3 de la Orden TMA/246/2020, de
17 de marzo, por la que se establecen las medidas de transporte a aplicar a las
conexiones entre la península y la Comunidad Autónoma de Canarias.