La
protección laboral de las trabajadoras en situación de embarazo o lactancia es
un derecho consagrado por nuestro ordenamiento jurídico. La Constitución
consagra, entre otros derechos, el derecho a la vida y a la integridad física y
moral, así como el deber de los poderes públicos de velar por la seguridad e
higiene en el trabajo, lo que ineludiblemente incluye también el de velar por
estas en supuestos de especial vulnerabilidad, tales como los de embarazo o
lactancia ante condiciones de trabajo peligrosas.
En desarrollo del mandato constitucional, la Ley 31/1995,
de Prevención de Riesgos Laborales, dedica un precepto completo (Artículo 26)
destinado a la “Protección de la maternidad” en el que se plasman cuestiones
esenciales en esta materia tales como: