Toda persona que tenga conocimiento
de hechos que pudieran constituir infracción en materias competencia de la ITSS
(laboral, seguridad y salud laboral, seguridad social, empleo, etc.) puede
reclamar los servicios de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social. A estos efectos se consideran
infracciones en el orden social las acciones y omisiones de los sujetos
responsables (personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes) tipificadas
y sancionadas en la normativa del orden social. Las infracciones se califican
como leves, graves y muy graves y se sancionan a propuesta de la Inspección de
Trabajo, previa instrucción del oportuno expediente y conforme al procedimiento
administrativo especial establecido en el Real Decreto 928/1998, por el que se aprueba el
Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por
infracciones de orden social.