jueves, 11 de octubre de 2018

FEP-USO CONSIDERA QUE EL SUPREMO DA UN PASO ATRÁS EN LA EQUIPARACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS INTERINOS


La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha emitido dos sentencias con las que se ha zanjado definitivamente la cuestión indemnizatoria del personal interino en las Administraciones Públicas y su aspiración a conseguir la asimilación a la figura del indefinido no fijo utilizada en la Jurisdicción Social, dejando en el aire la percepción de una indemnización en el momento del cese.
“Desde USO consideramos muy negativas estas sentencias ya que con las mismas se da un paso atrás en la equiparación de los derechos de los empleados públicos sometidos a este tipo de contratación precaria -interinos, eventuales, temporales, etc.-, pasando de puntillas por lo que debería ser una rotunda y ejemplar sanción contra esta práctica abusiva que las Administraciones Públicas han institucionalizado, y que obliga a permanecer en una situación de absoluta precariedad a más de 400.000 trabajadores en el ámbito de las Administraciones Públicas”, valora Luis Deleito, secretario general de la Federación de Empleados Públicos de USO (FEP-USO).

El Supremo establece como doctrina que las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF


En una sentencia de laSección Segunda de la Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, que desestima un recurso de la Abogacía del Estado, el Supremo confirma una sentencia del TSJ de Madrid, de junio de 2017, que estimó el recurso de una mujer y ordenó a Hacienda que le devolviera la cantidad ingresada en el IRPF de 2013 por la prestación por maternidad con cargo a la Seguridad Social percibida en dicho ejercicio. Esta sentencia del TSJ de Madrid de 2017, era la segunda de este tribunal que dictaba que, la prestación por maternidad debía de estar exenta del IRPF. Ya en la anterior Sentencia nº 810/2016 de 6 de julio, el mismo tribunal establecía lo siguiente: