Tienen derecho a cobrar y solicitar la pensión de viudedad, las personas que han perdido a su cónyuge, con hijos en común, inscritas como pareja de hecho en el Registro Civil, o los separados legalmente en el caso de que el superviviente estuviera recibiendo una pensión compensatoria.Causante y Requisitos:
- . Las personas integradas en el Régimen General de Seguridad Social, afiliadas y en alta o en situación asimilada a la de alta, que reúnan el período mínimo de cotización exigido: Si el fallecimiento es debido a enfermedad común:
500 días dentro de un período ininterrumpido de 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento o a la fecha en que cesó la obligación de cotizar, si el causante se encontrase en situación de alta o asimilada sin obligación de cotizar.