jueves, 31 de mayo de 2018

RECONOCIDO COMO ACCIDENTE LABORAL EL OCURRIDO TRAS PARAR A COMPRAR VOLVIENDO DEL TRABAJO


La Sala 4ª del Tribunal Supremo ha reconocido como accidente de trabajo el sufrido por una trabajadora tras parar a comprar en un centro comercial volviendo del trabajo.
La trabajadora prestaba servicios para una conocida empresa como auxiliar de ayuda a domicilio. El día que sufrió el accidente, al acabar su jornada de trabajo al mediodía, en lugar de coger directamente el autobús en el que solía desplazarse de vuelta a casa se dirigió a un supermercado de un centro comercial cercano y tras la compra se encaminó de nuevo a la parada del autobús para ir a su domicilio. Tras subir al autobús este realizó un brusco frenazo, a consecuencia del cual la trabajadora sufrió lesiones que fueron calificadas por la Mutua y por el Equipo de Valoración de Incapacidades del INSS como de carácter común.