Analizamos la sentencia del TSJ de Cataluña que reconoce a una trabajadora una indemnización por despido legal y otra adicional personalizada
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado recientemente una sentencia pionera en España en la que le reconoce a una trabajadora una indemnización por despido adicional a la legalmente establecida.
Es la primera vez que se concede en España una indemnización basada en circunstancias personales e individualizadas de una persona trabajadora.
El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 56 regula:
“Cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo de 5 días desde la notificación de la sentencia, podrá optar entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización equivalente a 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de 24 mensualidades. La opción por la indemnización determinará la extinción del contrato de trabajo, que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo en el trabajo”.