martes, 27 de julio de 2021

España, entre los peores países de la Unión Europea en trabajo decente


 La Confederación Europea de Sindicatos (CES) sitúa a España a la cola del trabajo decente en Europa. Un índice sobre el Objetivo de Desarrollo Sostenible número 8 establece que España es el quinto país por la cola. Con 97.1, solo estamos por delante de Italia (94.8), Bulgaria (94.7), Rumanía (90.8) y Grecia (89.7). El índice ha sido elaborado por la Confederación Europea de Sindicatos y la Alianza Italiana por el Desarrollo Sostenible.

Los resultados reflejan el grave impacto que tuvieron, en materia de bienestar económico, calidad del empleo y vulnerabilidad laboral, las políticas adoptadas tras la anterior crisis de 2008. A pesar de la recuperación en cantidad de empleo de los últimos años, el índice sigue situando a España muy por detrás de otros países europeos como Francia, Alemania o Bélgica.

USO considera que urge poner fin a las malas condiciones en el trabajo a través de medidas como el aumento del SMI hasta llegar al menos al 60% del salario medio; una nueva reforma laboral que acabe con la precariedad y la temporalidad, incluyendo las nuevas realidades laborales del siglo XXI; o poner fin a la siniestralidad laboral, que ha experimentado un preocupante ascenso en el último año.

El trabajo decente en Europa, a examen

Novedades de la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia

 


La Ley de trabajo a distancia o teletrabajo modifica el artículo 40 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Las cuantías de las multas se incrementan un 20% y comenzarán a aplicarse a partir del 1 de octubre

El 10 de julio fue publicado en el BOE la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia. Como novedad se modifican las cuantías de las multas impuestas por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a los empresarios, que serán de aplicación a partir del 1 de octubre. Es decir modifica el artículo 40 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).

Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia

En el Real Decreto- Ley 28/2020 ya se estableció el ámbito de aplicación, que en el nuevo texto legal queda sin cambios. Así, se refiere a los trabajadores que trabajen voluntariamente, por cuenta ajena, bajo la dirección y organización del empresario, en cambio de una retribución, y que el trabajo se desarrolle a distancia con carácter regular.

Medidas de aplicación en USO-CANARIAS tras la Resolución de 23 de julio de 2021

 

Tras la resolución de 23 de julio de 2021, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se aprueba la actualización de las medidas de prevención establecidas mediante Acuerdo del Gobierno de 19 de junio de 2020, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la Fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, finalizada la vigencia de las medidas propias del estado de alarma.

USO-CANARIAS quiere informa de las siguientes medidas que serán de aplicación en nuestra sede de Tenerife:

Primero.- El aforo será el indicado por la mencionada resolución, es decir, evitando en todo momento las aglomeraciones en el interior

Publicado en el BOE el 27/7/2021

 


Martes 27 de julio

 

Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Cuerpo de Técnicos Especialistas en Reproducción Cartográfica

TRIBUNAL DE CUENTAS. Funcionarios de los Subgrupos C1 y C2

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