De cara a la aplicación
de la medida de flexibilidad horaria “bolsa de horas” contemplada en el
Apartado 8 de las Instrucciones sobre jornada y horarios, se establecen los
siguientes criterios.
Así, las características principales
de la “Bolsa de horas” son las siguientes:
·Se
ha configurado desde la máxima flexibilidad, estando por tanto su regulación
orientada a facilitar, potenciar y
permitir el uso de la misma de la forma más ágil y flexible para el cuidado de
hijos o hijas menores de edad y menores sujetos a tutela o acogimiento; y para
la atención de personas mayores y personas con discapacidad hasta el primer
grado de consanguinidad o afinidad.