jueves, 2 de junio de 2022

El TS fija que el complemento de maternidad para los hombres se cobre desde el momento de la jubilación

 

El alto tribunal resuelve en tiempo récord el intento del INSS de dilatar las reclamaciones y que había causado un gran malestar en la judicatura.

USO exige al INSS la diligencia en el pago y la retirada inmediata de los recursos que paralizan los abonos.

Una inusual rapidez del Tribunal Supremo (TS) ha puesto fin a las maniobras de dilación del INSS y reconoce ya de manera definitiva y firme que los efectos del complemento de maternidad a los hombres son a fecha de la jubilación y no 3 meses antes de la presentación de la demanda como defendía en primera instancia el instituto público
Las sentencias del Pleno de la Sala Social del TS de fecha 17 de febrero de 2022 (dos), recursos 2872/2021 y 3379/2021, argumentaron que “el momento de producción de las consecuencias jurídicas anudadas al complemento de maternidad debía situarse en el acaecimiento del hecho causante de la pensión”.

BOE 2 de junio de 2022



 Jueves 02 de junio


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