viernes, 2 de agosto de 2024

Rebajadas las cuotas para el rescate de la cotización de las antiguas personas becarias

Quienes estuvieron como becarios sin cotizar, ya pueden recuperar sus cotización con una cuota rebajada sobre lo publicado inicialmente

Se ha publicado una nueva Orden Ministerial que permitirá a los antiguos becarios que no cotizaron a la Seguridad Social recuperar esa cotización sin tener que abonar cuotas tan altas como se dictaban en la primera Orden. Con esta medida de rescate, se hace más asequible la recuperación de cotización de personas en prácticas.

 De los 288,89 euros por mes que se establecieron en la Orden original, que tomaba como base de cotización la vigente en el momento de la suscripción del convenio, pasamos a tomar en cuenta la base de cotización vigente en el periodo de cotización que se pretende rescatar. En ese sentido, las cuotas mensuales se reducirían a la mitad, o incluso más. Esto dependerá del periodo que reclames.

Esta modificación a la Orden ha sido producto de la inconformidad y la protesta de los actores sociales. Desde USO, hemos visibilizado reiteradamente que el modelo anterior era una chapuza y convertía esta posibilidad de recuperación de cotizaciones una ilusión y un privilegio de clase. Esto se daba por el alto costo que tendría para las personas que lo solicitaran. De haberlo mantenido así, habría generado que muchas personas no pudieran a este reconocimiento de derechos. Es decir, sería un falso mecanismo protector.

La actual Orden para recuperar la cotización de los becarios

USO solicita vía Defensor del Pueblo la inconstitucionalidad de la nueva prioridad de convenios

 


USO ha solicitado al Defensor del Pueblo que interponga un recurso de inconstitucionalidad contra la prioridad aplicativa de los convenios autonómicos regulada en el RD-Ley 2/2024

Tras la convalidación del Real Decreto-ley 2/2024, USO ha registrado una solicitud al Defensor del Pueblo para que interponga Recurso de Inconstitucionalidad contra el Artículo Primero Dos, que regula la prioridad aplicativa de los Convenios Autonómicos y Provinciales en relación a los Convenios Sectoriales. Nuestro sindicato entiende que este cambio, metido de tapadillo en una regulación que pretendía centrarse en subsidios y prestaciones, vulnera el derecho a la negociación colectiva y a la actividad sindical.

Esta solicitud de USO se basa en dos cuestiones fundamentales:

  • en primer lugar, la utilización injustificada de la figura del Real Decreto-Ley para modificar un precepto estatutario sin que existan razones de urgencia o necesidad que lo justifiquen;
  • y, en segundo lugar, que se introduzca una modificación sobre prioridad aplicativa de convenios colectivos en un Real Decreto-Ley cuyo objeto no tiene nada que ver con la negociación colectiva. Este RD-Ley tenía por objeto la ”adopción de medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1558 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y cuidadores”.
  • La Secretaría de Acción Sindical y Empleo de USO recuerda que un Decreto-Ley “está previsto constitucionalmente para unas cuestiones muy específicas y tasadas. Y requiere el cumplimiento de unos requisitos estrictos”. Sara García abunda en que “entendemos que no puede servir para cualquier cosa, ni utilizarse de cualquier manera. Tampoco servir de “cajón de sastre” para que el Gobierno incluya de rondón materias que no tienen ninguna relación con los temas que regula. Desde USO denunciamos que, en este caso, se incumple claramente la previsión de la Constitución sobre la utilización de este instrumento normativo”.
  • Sin pasar por el Diálogo Social