Funcionarios de los Subgrupos A2, C1 y C2
viernes, 13 de noviembre de 2020
Publicado en el BOE: Resolución de 10 de noviembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo.
Funcionarios de los Subgrupos A2, C1 y C2
Publicado en el BOE: Resolución de 10 de noviembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso especifico para la provisión de puestos de trabajo
Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2
Hacienda se pronunciará sobre la tributación de los gastos relativos al trabajo a distancia antes de fin de año
La nueva regulación sobre el teletrabajo ha dejado algunas lagunas importantes con relación a su afectación en
el IRPF.
Ante la falta de especificación por parte de la Dirección General de Tributos (DGT) sobre cómo pueden afectar gastos como electricidad, fibra óptica o entrega de ordenares o mobiliario para ejercer la actividad en la modalidad de trabajo a distancia, la DGT prevé pronunciarse antes de fin de año sobre la tributación de empresas y empleados por el teletrabajo, aclarando su consideración como retribuciones en especie o no.
El redactado de la última prórroga de los ERTE provoca un nuevo atasco en el SEPE
Los afectados por un ERTE y los trabajadores del SEPE siguen sufriendo las confusiones legislativas para tramitar los últimos Expedientes de Regulación Temporal de Empleo. Marisa Pérez, delegada de USO en el SEPE y secretaria de Organización y Finanzas de FAC-USOC destaca que “el problema al que nos estamos enfrentando ahora es el redactado de la prórroga hasta enero. Hay un párrafo que llama a la confusión y estamos recibiendo muchas solicitudes erróneas”.
La Empresa ISDEFE condenada por vulnerar la libertad sindical de FAC-USO
La Audiencia Nacional condena a la empresa ISDEFE y a los demás
sindicatos a disolver la actual Mesa de Negociación, declarando el derecho de
USO a participar en la nueva Mesa que se constituya, y condena a la empresa a
pagar a USO una indemnización de 1250 € por los perjuicios sufridos.
La AN sostiene que en supuestos como el presente en los que se
produce una profunda alteración del banco social y existe un largo período de
vacío negociador, se impone la necesidad de nombramiento de una nueva Comisión
negociadora. la exclusión de un sindicato, que ostente la representatividad
exigible, de la negociación colectiva, entendiéndose como tal aquellas
negociaciones, que afectan a las condiciones laborales de los trabajadores,
constituye vulneración del derecho de libertad sindical en su vertiente
funcional a la negociación colectiva, garantizada por la normativa aplicable.