miércoles, 24 de enero de 2024

14 consejos para sobrellevar y evitar el estrés laboral

 14 consejos para sobrellevar y evitar el estrés laboral 

• 1 - Hay que ser conscientes de que podemos sufrir estrés La primera clave es no subestimar lo que nos puede afectar, y sobre todo no subestimar al estrés en el ámbito del trabajo. Si no se toma en cuenta que podemos estar sufriendo estrés, el agotamiento y el pesimismo será peor. De acuerdo a una investigación del Centro Nacional de Biotecnología de los Estados Unidos, hay un vínculo potencial entre el cansancio laboral con la depresión y ansiedad. 

• 2 - Identificar qué es lo que nos estresa Se recomienda llevar por escrito las situaciones que nos ponen en jaque y que suelen ser focos de tensión. El sitio especializado Healthline propone llevar un diario durante una semana para ir reflexionando sobre los sentimientos que tuvimos ante las complicaciones y el estrés, y explicar cuáles fueron nuestras reacciones.

 • 3 - Buscar y tener un tiempo de descanso Pausas relajantes y minutos de tiempo personal en medio de la jornada laboral son efectivas para prevenir el burnout. Incluso el relax puede llegar acompañando a las tareas, con música o videos de fondo, mientras que también se recomienda la desconexión completa del teléfono y otros dispositivos a la noche al momento de descansar.

¿Cuál es la edad de jubilación en 2024? Respondemos todas tus dudas

 


USO te explica todo lo que debes saber de cara a la jubilación para 2024: edad, cuánto hay que cotizar, años para el cálculo, etc.

En 2024 la cuantía de las pensiones aumenta un 3,8% en el caso de las contributivas. Según los datos de la Seguridad Social de diciembre de 2023, la pensión de jubilación media en España es de 1.378,39 euros al mes, por lo que el aumento sería de unos 734 euros al año, o unos 52 euros al mes.

Para 2024, se retrasa la edad de jubilación ordinaria. Tal y como recoge la Ley 27/2011, de 1 de agosto, la edad de jubilación ordinaria en 2024 es:

  • de 66 años y 6 meses para las personas que no han llegado a (<) 38 años cotizados; y
  • de 65 años para las personas que han cotizado (≥) 38 años o más.

¿Cuál es la edad de jubilación anticipada en 2024?

Se retrasa también la edad mínima de jubilación anticipada, al estar vinculada con la edad ordinaria de jubilación.

Así, se puede acceder a la jubilación anticipada voluntaria hasta 2 años antes (24 meses) de la edad legal ordinaria, por lo que será necesario haber cumplido:

  • los 64 años y 6 meses, en el caso de disponer de menos de (<) 38 años de cotización;
  • a partir de los 63 años en el caso de acumular los (≥) 38 años de cotización.

Además, hay que acreditar un período mínimo de cotización efectiva de 35 años, sin que, a tales efectos, se tenga en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias.

Respecto a la jubilación anticipada involuntaria o forzosa (por cese no voluntario en el trabajo), será posible acceder a la pensión hasta 4 años (48 meses) antes de la edad ordinaria:

  • a partir de los 62 años y 6 meses si no se tiene (<) 38 años cotizados, o
  • a partir de los 61 años si se ha cotizado (≥) 38 o más años.

Además, hay que acreditar un período mínimo de cotización efectiva de 33 años, sin que, a tales efectos, se tenga en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias.

También, hay que encontrarse inscrito en las oficinas de empleo como demandante de empleo durante un plazo de, al menos, 6 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de la jubilación.

En ambos casos, solo se computará el período de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, o del servicio social femenino obligatorio, con el límite máximo de 1 año.

¿Cuál es la edad de jubilación parcial en 2024?

La edad de jubilación parcial sin contrato de relevo será la misma que la edad legal de jubilación ordinaria.

En cambio, la edad de jubilación parcial con contrato de relevo se retrasa y es:

  • de 64 años en el caso de disponer de (≥) 33 años o más cotizados, o
  • de 62 años y 6 meses en caso de disponer (≥) 36 años o más cotizados.

¿Cuánto hay que cotizar para cobrar el 100 % de la pensión en 2024?

Para percibir el 100 % de la pensión de jubilación, una persona necesita al menos 36 años y 6 meses cotizados. De lo contrario, se percibirá:

  • Con 15 años cotizados, se garantiza el 50 % de la base reguladora.
  • El porcentaje aumenta a partir del año 16 un 0,19 % por cada mes adicional de cotización, entre los meses 1 y 248, y un 0,18 % los que rebasen el mes 248.

¿Y si no se ha cotizado de forma contínua?

Cuando ocurra una situación durante la cual no se ha cotizado, por ejemplo, durante desempleo, excedencia, etc., en este caso se tiene en cuenta una cotización ficticia:

  • las primeras 48 mensualidades se integrarán con la base mínima, y
  • el resto de mensualidades con el 50 % de dicha base mínima.

¿Cuál es el período mínimo de cotización?

Para poder acceder a la jubilación ordinaria, se requiere haber cotizado al menos 15 años (carencia genérica), 2 de los cuales deberán estar comprendidos en los 15 años anteriores al hecho causante (carencia especifica), pero se cobrará el 50 % de la pensión.

¿Cuántos años se van a tener en cuenta de cara al cálculo de mi pensión?

Para el cálculo de la pensión que se cobrará en el momento de la jubilación en 2024 se tendrán en cuenta los últimos 25 años cotizados previos a la fecha del hecho causante (el día de cese en la actividad laboral). Estos años cotizados conforman la base reguladora, que es la suma de las bases de cotización en dicho periodo.

Las últimas 24 bases de cotización, es decir, los 2 últimos años, se computarán según su valor nominal, mientras que todas las anteriores se actualizarán según la evolución de Índice de Precios al Consumo (IPC) durante todo ese período.

¿Cómo se calcula la cotización si se trabaja a tiempo parcial?

En este caso, igualmente, cada día trabajado, independientemente del tipo de jornada o del número de horas, pasa a contarse como si fuera un día cotizado a tiempo completo de cara al cómputo de los periodos de cotización necesarios para el reconocimiento de las prestaciones.