FAC-USO denuncia que tras casi un cuarto de siglo de la promulgación de la Ley de Prevención de riesgos Laborales, no se han realizado auditorias reglamentarias en el ámbito de la Administración General del Estado.En sendas cartas, remitidas la pasada semana a la Ministra de Hacienda y Función Pública, y a la Directora General, FAC-USO denuncia que el apartado 6 del artículo 30 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) establece que "el empresario que no hubiere concertado el servicio de prevención con una entidad especializada ajena a la empresa deberá someter su sistema de prevención al control de una auditoría o evaluación externa, en los términos que reglamentariamente se determinen".
Este artículo es desarrollado en el capítulo V del Reglamento de los Servicios de Prevención (RSP).
Desarrollo al que igualmente se remite, para las auditorías externas, al artículo 10 y a la disposición adicional séptima del RD 64/10 de adaptación de la normativa de prevención a la AGE en cuanto a los plazos para la realización de las mismas. En base a estos plazos legales dichas auditorías habrían tenido que, necesariamente, haber sido ya realizadas.
El sistema de gestión de PRL en la AGE establecido por Resolución de 15 de noviembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, implantado a través de “procedimiento de prevención de riesgos laborales”( PPRL) ha dado lugar a una gran disparidad de criterios en la adaptación de dichos PPRL, dándose el hecho de que en distintos organismos y ministerios e incluso dentro del propio ámbito de los mismos, se elaboran y adaptan los PPRL (cuyo texto de base se recoge en el citado RD ) con criterios dispares y contradictorios cuando no incluyendo desarrollos no acordes a la normativa de prevención. (Cuestión que hemos podido constatar).