El juez del Juzgado de lo Contencioso n.º 17 de Barcelona, elevó, ante el TJUE, varias cuestiones prejudiciales relativas a la ley de los interinos y la doctrina del TS, en relación con una trabajadora interina que lleva prestando servicios como técnico superior de la administración en la Generalitat de Cataluña, encadenando contratos desde 2005 hasta 2015, cubriendo una excedencia.
El objeto de la cuestión prejudicial es que se establezca «el significado preciso de la legislación comunitaria relativo a la interpretación de las cláusulas 4 y 5 del Acuerdo Marco una vez se ha aprobado Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público».
En el Auto dictado, el magistrado considera la existencia de contradicciones entre el Derecho y la jurisprudencia nacional y el derecho y jurisprudencia comunitaria. En concreto, entiende que existen contradicciones de relevancia entre la Ley 20/2021 respecto la Directiva 1999/70/CE y la jurisprudencia del TJUE.