El Consejo de Gobierno aprobó este miércoles el decreto para determinar el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma en 2022, dentro del límite anual de 14 jornadas, y abrir así el plazo con el fin de establecer los festivos locales.
En concreto, el expediente establece, en aplicación de la legislación estatal, como días inhábiles a efectos laborales, de carácter retribuido y no recuperable, todos los domingos del año y las jornadas festivas del 1 de enero por Año Nuevo; 6 de enero, Epifanía del Señor; 14 de abril, Jueves Santo; 15 de abril, Viernes Santo; 30 de mayo, Día de Canarias; 15 de agosto, Asunción de la Virgen; 12 de octubre, Fiesta Nacional de España; 1 de noviembre, Todos los Santos; 6 de diciembre, Día de la Constitución Española; 8 de diciembre, Inmaculada Concepción, y 26 de diciembre, descanso laboral correspondiente a la festividad de la Natividad del Señor, al coincidir en domingo la Navidad.