
Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) ha lanzado la publicación de la Guía de actuación inspectora ante fenómenos meteorológicos adversos en la que se reflejan algunos puntos clave que deben tenerse en cuenta cuando estos episodios aparezcan y puedan interferir con la actividad laboral, teniendo en cuenta la seguridad y salud de las personas trabajadoras.
La guía establece los criterios técnicos que deben seguir las actuaciones inspectoras para comprobar cómo las empresas gestionan los riesgos laborales derivados de fenómenos meteorológicos adversos (FMA), en cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).
Los fenómenos meteorológicos adversos son riesgos laborales
Los FMA, como olas de calor, frío extremo, tormentas, nieblas, vientos fuertes o radiación UV, deben ser considerados condiciones de trabajo (art. 4.7 LPRL) y, por tanto, integrarse en la evaluación de riesgos de forma obligatoria.
De esta forma, las empresas deben identificar los FMA previsibles según la ubicación, época del año y tareas; analizar el historial climático de la zona; estudiar las características de los puestos y las personas trabajadoras expuestas (edad, salud, etc.), e integrar esta evaluación en el plan de prevención, incluyendo medidas ordinarias y de emergencia.