miércoles, 30 de abril de 2025
lunes, 28 de abril de 2025
¿Qué es el grado de consanguinidad? ¿Quién es familiar de primer/segundo grado?

El grado de consanguinidad se refiere al parentesco entre personas de la misma familia y que comparten vinculación por línea de sangre. Es decir, las generaciones de una familia.
¿Cuáles son los grados de consanguinidad?
- Primer grado: padres e hijos.
- Segundo grado: hermanos, abuelos y nietos.
- Tercer grado: bisabuelos, biznietos, tíos y sobrinos.
- Cuarto grado: primos, sobrino-nieto, tío-abuelo.
¿Y cuál es la diferencia entre grado de consanguinidad y de afinidad?
La figura legal del parentesco define el vínculo entre personas en una familia y se regula en el Código Civil (artículos 915 y siguientes).
Así, el grado de consanguinidad es el parentesco natural, de sangre. Mientras que el grado de afinidad se refiere a la relación mediante vínculo legal, como es el matrimonio o pareja de hecho. Están basados en vínculos de pareja y corresponden a la familia del cónyuge.
¿Cuáles son los grados de afinidad?
Los grados de afinidad serían:
- Primer grado: cónyuge, suegros, yernos/nueras, cónyuge de mi padre (si no es mi madre), cónyuge de mi madre (si no es mi padre).
- Segundo grado de afinidad: cuñados, abuelos del cónyuge, cónyuges de los hermanos, cónyuges de los nietos y hermanastros.
- Tercer grado: cónyuge de tíos, cónyuge de sobrinos, tíos de mi cónyuge y sus cónyuges, sobrinos de mi cónyuge y sus cónyuges.
Los permisos retribuidos en caso de matrimonio, nacimiento, fallecimiento, enfermedad u hospitalización están fijados por ley y puedes solicitarlos si corresponde por grado de consanguinidad y afinidad. Si tienes dudas, contacta con USO y te las resolveremos.
viernes, 25 de abril de 2025
Boletín Semanal con la Oferta de Empleo Público correspondiente al periodo del 23 de abril al 29 de abril de 2025
| USO - UNIÓN SINDICAL OBRERA |
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miércoles, 23 de abril de 2025
STOP Violencia en el Trabajo, campaña de USO en el Día de la Seguridad y Salud

La creciente incidencia de la violencia y las agresiones en los centros de trabajo son, lamentablemente, una realidad una realidad inaceptable que vulnera los derechos fundamentales de las personas trabajadoras. La violencia en el ámbito laboral no es un problema aislado ni excepcional, por eso centra la campaña de USO. Se trata de un fenómeno estructural que, en muchos sectores, ha sido normalizado o minimizado, dejando a las personas trabajadoras en un estado de indefensión.
Desde el sector sanitario y educativo, hasta el comercio, la seguridad, el transporte y la administración pública, los casos de agresiones por parte de usuarios, clientes, alumnos, mandos y superiores o, incluso, entre compañeros de trabajo son cada vez más frecuentes. Sin embargo, en muchas ocasiones, estas situaciones son invisibilizadas o mal gestionadas, lo que perpetúa la impunidad y la desprotección.
Tipos de violencia y sus cifras
lunes, 21 de abril de 2025
FAC-USO exige el pago inmediato del 0,5 % de subida salarial a los empleados públicos
El actual ministro de Transformación Digital y Función Pública ha condicionado el abono del incremento salarial del 0,5 %, previsto para los empleados públicos en 2024, a la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado. Esta decisión ha provocado un profundo malestar en el sector público, ya que se trata de una subida previamente acordada y cuya financiación —unos 700 millones de euros— ya está contemplada en las cuentas públicas.
Desde FAC-USO denunciamos esta postura dilatoria, carente de justificación, que mina la confianza de más de tres millones de trabajadores en las instituciones públicas. No se puede seguir retrasando un compromiso firmado que afecta directamente al bolsillo de quienes garantizan el funcionamiento diario de los servicios esenciales del país.
Desde 2010, los empleados públicos han acumulado una pérdida de poder adquisitivo superior al 20 %, una situación inaceptable que exige medidas urgentes y estructurales. Por ello, desde FAC-USO no solo reclamamos el abono inmediato del 0,5 % pendiente, sino también:
- La reducción de la jornada a 35 horas semanales, una demanda histórica del sindicato.
- La aplicación inmediata de la jubilación parcial para funcionarios y personal laboral.
Es hora de que el Gobierno actúe con responsabilidad, cumpla sus compromisos y respete la dignidad de los trabajadores públicos.
lunes, 14 de abril de 2025
viernes, 11 de abril de 2025
Cursos de sanidad y sector sociosanitario
¡USOCV INFORMA! 🚨
📢 ¡Ya está abierto el plazo para solicitar los cursos propios con reconocimiento de la EVES!
📅 Fechas clave:
Matriculación: Del 7 al 15 de abril.
Realización de los cursos: Del 15 de abril al 31 de mayo.
🎓 Cada afiliado/a podrá elegir hasta 2 cursos. ¡Aprovecha esta oportunidad para ampliar tu formación!
👉 ¿Cómo solicitar los cursos?
Accede al formulario de inscripción aquí: https://forms.gle/StjwKDy4MXfW7gA17
📌 Plazas limitadas, ¡no te quedes sin la tuya!
Para más información, contacta con nosotros en formacion.cv@facuso.es o en el teléfono 628080328.
¡Te esperamos!
Equipo de Formación USOCV
miércoles, 9 de abril de 2025
Publicado el nuevo Boletín de Salud Laboral nº 7 de FAC-USO

Publicado el nuevo Boletín de Salud Laboral nº 7 de FAC-USO
Desde FAC-USO seguimos apostando por una acción sindical comprometida con la salud y el bienestar de los empleados y empleadas del sector público. Ya está disponible en nuestra página web el Boletín nº 7 de Salud Laboral, un recurso esencial para nuestros delegados y delegadas, cargado de información útil, materiales formativos y herramientas de prevención.
En este nuevo número abordamos temas clave como:
Riesgos psicosociales: Denunciamos la situación que atraviesa el personal del Consulado de España en Londres, donde la sobrecarga de trabajo y el estrés laboral están afectando seriamente a la salud física y mental de la plantilla.
Guía de visita a centros: Presentamos nuevas fichas de observación para ayudar a los delegados y delegadas a planificar mejor sus visitas preventivas, identificar riesgos y actuar de forma eficaz.
Fenómenos meteorológicos adversos: Recomendaciones ante lluvias intensas, viento o temperaturas extremas. Recordamos la importancia de conocer los planes de emergencia en los centros de trabajo y de no asumir riesgos innecesarios.
Formación en Salud Laboral y Acción Sindical: Continuamos nuestra labor formativa en distintas comunidades, como en Murcia, donde debatimos junto a nuestra Secretaria de Asesoría Jurídica, Josefina Marco, sobre los principales desafíos que enfrentamos en la defensa de los derechos laborales.
Además, en este boletín encontrarás enlaces a nuestras redes sociales y nuevos recursos de interés sindical.
Ya puedes consultarlo y descargarlo en el apartado de Salud Laboral de nuestra web.
¡No te lo pierdas! La prevención comienza con la información.
viernes, 4 de abril de 2025
Personal al servicio de las Administraciones Públicas.Últimos días para inscribirse en los cursos del INAP

Formación INAP: Cursos Gratuitos para Afiliados
Últimos días para inscribirse en los cursos gratuitos de la 3ª edición del INAP 2025
Desde FAC-USO recordamos que el plazo de inscripción para los cursos de la tercera edición del Plan de Formación INAP 2025 finaliza el próximo lunes 8 de abril.
Esta convocatoria forma parte de nuestra apuesta firme por la mejora continua de las competencias profesionales del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Las personas inscritas podrán formalizar la matrícula hasta el día 14 de abril, y los cursos comenzarán a impartirse próximamente.
Además, desde FAC-USO ofrecemos plazas adicionales totalmente gratuitas a nuestras personas afiliadas en alguno de los siguientes cursos, previa solicitud al correo electrónico: formacion.inap@facuso.es
(indicando nombre completo y DNI)
Cursos disponibles:
miércoles, 2 de abril de 2025
lunes, 31 de marzo de 2025
Citas Campaña Renta 2024-2025
Campaña de la Renta
Las personas afiliadas pueden solicitar cita en USO-CANARIAS para realizar su declaración de la renta 2024 (que debe hacerse entre el 2 de abril y el 30 de junio de 2025).
Este servicio se puede realizar de manera telefónica o presencial, reservando cita en esta página web.
IMPORTANTE: Ya están disponibles las citas telefónicas. Las citas presenciales estarán disponibles a finales de abril y aún no se pueden reservar.
CITA TELEFÓNICA. Desde el 7 de abril de 2025 y hasta la última semana de junio.
CITA PRESENCIAL. Desde el 6 de mayo 2025 y hasta la última semana de junio.
Pasos a seguir:
- Descargar este documento: Renta 2023-2024
- Rellenar el documento y enviarlo a: finanzas@usocanarias.es
- Acceder al enlace para reserva cita declaración de la Renta 2024
- Elegir la provincia y el tipo de cita (telefónica o presencial).
Resolvemos cualquier duda o consulta sobre la declaración de la renta en:
OFICINA TENERIFE
C/ Méndez Núñez 84, Piso 11,
Edificio Sindical
38001 Santa Cruz de Tenerife
Tfno.: 922 280 755
administracion@usocanarias.es
OFICINA GRAN CANARIA
C/ Trasera Calzada de Lateral del Norte, 32, Miller Bajo
35014 Las Palmas de Gran Canaria
Tfno. 928 364 093
administraciongc@usocanarias.es
viernes, 28 de marzo de 2025
Todas las novedades que debes saber de la Renta 2024

La presentación por web de la Renta 2024 arranca el 2 de abril y se extiende hasta el 30 de junio. Pero tienes otras opciones para presentar tu declaración: por teléfono, con cita previa (del 29 de abril al 27 de junio), o si prefieres hacerlo en persona, reserva tu cita entre el 29 de abril y el 17 de junio.
Como novedad, este año, si la declaración sale a ingresar se podrá realizar el pago con tarjeta de crédito o débito y por Bizum.
¿Quién tiene que presentar la Renta 2024?
Están obligados a presentar la declaración por el IRPF de 2024, entre otros:
- Los contribuyentes que hayan percibido más de 22.000 euros anuales de rendimientos del trabajo de un mismo pagador.
- Contribuyentes que hayan percibido rendimientos del trabajo por importe superior a 15.876 euros en los siguientes supuestos:– Con más de un pagador, si la suma de las cantidades del segundo y restantes pagadores, supera los 1.500 euros anuales.– Pensionistas con varias pensiones cuyas retenciones no se hayan practicado según la Agencia Tributaria, previa solicitud por medio del modelo 146.– Perceptores de pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.– Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.– Con rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.
- Titulares de bienes inmuebles de uso propio distinto de la vivienda habitual y del suelo no edificado, cuyas rentas imputadas sea superior a 1.000 euros anuales.
- Personas titulares del ingreso mínimo vital y todas las personas integrantes de la unidad de convivencia.
- Titulares de inmuebles arrendados con rendimientos que excedan de 1.000 euros anuales.
- Contribuyentes que, a partir de 1 de enero de 2023, hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
- Aquellas personas físicas que tengan derecho a aplicar el régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual, la deducción por doble imposición internacional, o bien hayan realizado aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial, seguros de dependencia o mutualidades de previsión social.
Si cobro desempleo, ¿estoy obligado a presentar la declaración?
A pesar de que se había aprobado la obligación de presentar la renta a todos aquellos que percibieran prestación por desempleo o subsidio (Real Decreto-Ley 2/2024), finalmente no se llevará a cabo en esta campaña de Renta. Por lo que si cobras paro o subsidio, no tienes que hacer la declaración y no serás sancionado ni perderás la ayuda.
El Gobierno tiene previsto que todos los beneficiarios de desempleo o subsidio tengan la obligación de presentar la declaración de la renta de 2025, es decir, el próximo año.
¿Quiénes no tienen que hacer la declaración?
Aquellos trabajadores que, con un único pagador, no superen los 22.000 € de ingresos anuales. Si tienes varios pagadores, no debes superar los 15.876 € del primer pagador y la suma del resto de pagadores no puede superar los 1.500 € al año.
Desgrava tu cuota sindical
Te puedes deducir la cuota de afiliación a USO cuando realices tu declaración de la Renta 2024. Incluye el importe anual de tu cuota en la casilla 14.
Consulta las deducciones generales y autonómicas
miércoles, 26 de marzo de 2025
SÍNDROME DEL TÚNEL CARPIANO. ENFERMEDADES PROFESIONALES.
UNA DE LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES RELACIONADAS CON LOS TRASTORNOS MUSCULOESQUELÉTICOS
SÍNDROME DEL TÚNEL CARPIANO
Se produce por la compresión del nervio mediano a su paso por la muñeca, a nivel del interior del túnel del carpo por el cual pasan los tendones flexores de los dedos y vasos sanguíneos.
Puede producir alteraciones motoras, como dificultad a la hora de flexionar los dedos para hacer pinza, y sensitivas en la mano como sensaciones de calor, parestesias ( hormigueo ), anestesia, pérdida de fuerza y/o dolor en la mano y los dedos, especialmente en el pulgar y dedos medio e índice.
Es reconocido como uno de los trastornos musculoesqueléticos que causan más bajas laborales en España, y aunque su aparición puede producirse por causas múltiples ( endocrinas, inflamatorias, metabólicas o traumáticas ) suele relacionarse con tareas que implican movimientos repetitivos o mantenidos de hiperextensión e hiperflexión de la muñeca o de aprehensión de la mano.
Las profesiones de más riesgo son, entre otras, mecánicos de automóviles, trabajadores de obras públicas expuestos a vibraciones de máquinas, costureros/as, carpinteros, cajeros y cajeras, personal que utilice continuamente un teclado o ratón.
Suele ser más frecuente en mujeres, posiblemente porque suelen tener el túnel del carpo más estrecho que los hombres. Clasificada como enfermedad profesional 2F0201, no debemos ceñirnos exclusivamente al tratamiento, es fundamental una organización adecuada del trabajo que evite la sobrecarga funcional así como un diseño ergonómico del puesto.
Si te interesa este tema, pincha en el enlace adjunto y te llevará a la publicación del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo CRITERIOS DE INTERVENCIÓN.





