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Dispone la Disposición Adicional Primera la modificación del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo añadiéndole a éste una nueva Disposición Adicional Única relativa a las condiciones ambientales en el trabajo al aire libre. Establece dicha Disposición: " Cuando se desarrollen trabajos al aire libre y en los lugares de trabajo que, por la actividad desarrollada, no puedan quedar cerrados, deberán tomarse medidas adecuadas para la protección de las personas trabajadoras frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo temperaturas extremas. "
Prevé la norma la prohibición de desarrollar ciertas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos, en aquellos casos en los que no se puede garantizar la seguridad y la salud de la persona trabajadora de otro modo. Asimismo prevé la adaptación de las condiciones de trabajo de forma obligatoria, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada laboral para el caso de aviso de fenómenos meteorológicos naranja o rojo emitido por la AEMET siempre que las medidas preventivas acordadas no garanticen la protección del trabajador o trabajadora.
El paro ha bajado en junio en 50.268 personas, con altas en comercio y en hostelería, pero mucha destrucción de empleo en enseñanza. El desempleo ha bajado con mayor fuerza en el noroeste, el destino estival más solicitado desde la pandemia. “Una buena noticia en términos absolutos, tanto si miramos el número total de parados, 2,69 millones, el más bajo desde el estallido de la crisis financiera, como el de cotizantes a la Seguridad Social, 20,87 millones”, resume Joaquín Pérez, secretario general de USO.
Las sombras aparecen en el tipo de trabajo al que se accede. “Se ha creado empleo en el comercio, llegan las rebajas, y en la hostelería, inicio fuerte del verano. Empleo temporal y precario del que España sigue dependiendo. Y se han destruido casi 52.000 empleos en Educación. El curso escolar es ahora la temporada turística del fijo discontinuo de la enseñanza. Es intolerable que se eviten las vacaciones pagadas del profesorado, cuando la Audiencia Nacional ya se ha pronunciado en sentido contrario: la docencia no es una actividad estacional”, apunta Pérez.
MODIFICACIÓN PERMISOS FUNCIONARIOS
La reciente aprobación, por parte del gobierno, de una serie de medidas para la mejora de la conciliación ha conllevado la modificación del TREBEP en consonancia a lo aprobado.
Concretamente se ha modificado los artículos los apartados a) e i) del artículo 48 se añade un apartado g) al artículo 49, quedando redactados de la siguiente manera:
ARTÍCULO 48. PERMISOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS
Los funcionarios públicos tendrán los siguientes permisos:
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La paga extraordinaria es una remuneración adicional al salario a la que tienen derecho todos los trabajadores por cuenta ajena.
En este caso, los trabajadores que recibirán la paga extra este verano son aquellos que cobran 14 mensualidades al año.
El Estatuto de los Trabajadores dicta que: “Cada trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores”.
Por lo tanto, la fecha de percibir la paga extra de verano depende de lo que se fije por convenio colectivo o por acuerdo empresarial. Sin embargo, se suele recibir entre junio y julio, junto con la nómina (si la paga no es prorrateada).
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Cuarta
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