En BOD de fecha 19 de
julio se hace pública la relación provisional de peticionarios de las ayudas
incluidas en el Plan de Acción Social 2012, excepto ayudas extraordinarias,
para el personal civil del Ministerio de Defensa.
La Ley de Presupuestos
Generales del Estado para 2012 ha reducido el crédito asignado a acción social
y por ello, la Mesa Delegada de Negociación del Ministerio de Defensa, ha
ajustado al crédito presupuestario disponible los importes de las distintas
ayudas.
Los interesados podrán
presentar alegaciones, subsanar las deficiencias, o aportar la documentación
requerida en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la
publicación en el BOD.
El cómputo del plazo
para aquellos solicitantes que se encuentren en periodo vacacional y así lo
justifiquen, se iniciará cuando finalice dicho periodo.
La documentación
deberá presentarse vía telemática a través del «Portal personal» o de las
unidades gestoras de SIPERDEF.
También podrá
presentarse, acompañada del Anexo IV de esta Resolución, y dirigida a la
Subdirección General de Personal Civil, Paseo de la Castellana n.º 109,
28071-Madrid, en los Registro Oficiales del Ministerio de Defensa o en las
Oficinas a que se refiere el artículo n.º 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Desde la Sección
Sindical de USO en Defensa se informa que hay muchas solicitudes que han sido
denegadas por no llegar a la cantidad mínima a devolver.
Por ejemplo si por
tratamientos de salud del trabajador (modalidad A) se presentaron facturas por
un total de 200 euros:
- A los trabajadores que están en el T1 (hasta 22.000 euros/año) le correspondería el 60% es decir 120 euros, pero con el recorte del 50% le corresponderán 60 euros.
- A los que esté en el tramo T2 (desde 22.000 euros/año) le correspondería el 40% del gasto, es decir 80 euros y con la reducción se quedarían en 40 euros (pero como cuando la cuantía a devolver sea inferior a 50 euros no se tendrá derecho a la percepción) aparecerá en las denegadas.
Además la ayuda
para el transporte es únicamente para el personal cuyo centro de trabajo se
encuentre en el extrarradio de la localidad y no se disponga de transporte
público o de empresa.