miércoles, 31 de julio de 2013

JORNADA Y HORARIO DE VERANO EN LA AGE



LA INVIABILIDAD DE ALGUNAS INSTRUCCIONES DEL GOBIERNO DEL PP  EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

Algunos medios de prensa publicaban a principios de año, de forma rimbombante, que “los funcionarios tendrían que cumplir desde ya, el nuevo horario laboral aprobado la última semana de diciembre”, en referencia al Real Decreto aprobado por el gobierno del estado español el 28 de diciembre de 2012.

En dicho Real Decreto se incluía la modificación de nuestras vacaciones anuales, reducidas ahora a 22 días laborales, obligando a disfrutar la mitad de las mismas entre el 15 de junio y el 15 de septiembre. También se establecía que la jornada de verano sería del 16 de junio al 15 de septiembre, en la que habría una jornada intensiva de 6,5 horas de trabajo entre las 8 y las 15 horas para el turno ordinario de mañana, y fijaba un horario de sábados de 9 a 14 horas para la atención al público.

Posteriormente, se han dictado normas por parte de Delegaciones de Gobierno en las que se fijan aclaraciones sobre estos aspectos del Real Decreto, y es que la norma general, como tal, es inaplicable en muchas de las oficinas de la Administración del Estado, ya que de llevarse a cabo, impediría el desarrollo normal del trabajo o la atención al público.

En centros de trabajo donde la reducción de la plantilla ha sido importante en los últimos años a base de finalizaciones de contratos laborales, jubilaciones y cambios de destino sin reposición de personal, imponer por real decreto unas fechas para disfrutar de las vacaciones o un horario de verano, se convierte en una misión muy difícil de llevar a cabo sin poner el cartel de “cerrado por vacaciones”.

Nunca antes el horario de verano se había realizado mediante la figura del real decreto, pues se entendía que era una medida discrecional, a tomar por parte de las distintas Direcciones Provinciales o unidades de trabajo, acorde a sus peculiaridades, si bien esa discrecionalidad es cierto que podía generar agravios comparativos entre unidades de destino. Y esa ausencia de regulación nos ha diferenciado a los empleados públicos respecto a los trabajadores/as del sector privado.

No nos engañemos con este tipo de medidas: la intención del gobierno no ha sido organizar el trabajo, sino difundir ante la opinión pública medidas que vuelven a perjudicar nuestra imagen ante el ciudadano. En este sentido, cabe recordar que el real decreto incluía un “programa de actuaciones periódicas y aleatorias sobre el control del horario”, como si antes no hubieran existido.