Las madres y padres que hayan
disfrutado de las diferentes prestaciones por nacimiento o adopción en 2014 y
2015 pueden ya formalizar la devolución del IRPF en la web de la Agencia
Tributaria.
En él, no se solicitan datos
fiscales. Según ha explicado la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, solo
serán necesarios los datos pertinentes para localizar la Declaración de la
Renta, el año de la declaración y el número de cuenta corriente en la
que se debe realizar el reembolso.
La devolución tendrá lugar en
dos fases: la de los permisos de 2014 y 2015, que comienza hoy, y cuya
tramitación es más urgente al prescribir los primeros el 30 de junio de
2019; y después, los años siguientes, 2016 y 2017. Este mismo 2018 ya vendrá
incluido de oficio en la declaración de 2019 y, por lo tanto, no será necesario
solicitar aparte la devolución. La Agencia Tributaria, una vez que compruebe
los datos, hará la rectificación de la declaración y solo solicitará datos
extra si fuese necesario.
La Ministra calcula que la
media de devolución del permiso de maternidad de 16 semanas es de 1.600
euros, mientras que la media del permiso de paternidad, que varió hasta
alcanzar las 4 semanas, será de 383, aunque correspondiendo más a estos últimos
padres, a los que se les dedujo más en su día. La devolución va en función
de cuánto se dedujo en el momento, por lo que a las rentas más bajas, que se
les sustrajo una cantidad menor les corresponde ahora esa devolución también
menor. Incluso puede haber madres a quienes no se les devuelva nada porque su
declaración estaba por debajo del mínimo exento y en su día no se les dedujo
nada. El total de devoluciones, calcula Montero, asciende a 1.200 millones
de euros.
Desde USO, “valoramos que se haya unificado el criterio de devolución y
que no se haya obligado a madres y padres a presentar uno por uno los escritos
de reclamación, con el consiguiente perjuicio tanto para ellos como
para el propio servicio de Hacienda, cuyos funcionarios estarían
desbordados. Además, nos parece de justicia que se amplíe
la aplicación de la doctrina del Supremo para las prestaciones por paternidad, sin
tener que recurrir nuevamente al largo camino de los tribunales”, considera
Dulce María Moreno, secretaria de Formación Sindical e Igualdad de USO. “No
obstante”, añade Moreno, “quienes tengan problema con la solicitud
telemática pueden acudir a la sede del sindicato para que los ayudemos en
la tramitación”.