El Instituto Nacional de la Seguridad Social ha
publicado su criterio sobre la aplicación de la ampliación de la suspensión del
contrato en caso de discapacidad del menor, o parto, adopción o acogimiento
múltiple, equiparándolo a los casos en los que haya dos progenitores. Así, el
INSS responde a un supuesto que no contemplaba el RD-Ley 6/2019 sobre
los permisos parentales, anteponiendo a todos el interés del menor y su derecho
primordial a ser cuidado, independientemente del tipo de familia en el que vaya
a crecer.
La
suspensión del contrato de 16 semanas tiene una duración adicional de dos
semanas en casos de:
- Nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento de hijo o hija con discapacidad.
Esas
dos semanas, en el caso de dos progenitores, se reparte con sentido de
corresponsabilidad en una semana para cada uno. El INSS aclara que este derecho
de dos semanas no se pierde por tratarse de un solo progenitor, sino que este
podrá ampliar su suspensión por las dos semanas.
Desde
USO, “consideramos este criterio positivo para las familias monoparentales, ya
que estos progenitores se encuentran con los inconvenientes de afrontar en
solitario el cuidado del menor. Además, hay que tener en cuenta que, según las
últimas estadísticas, son las mujeres las que, en la gran mayoría de los casos,
forman familias como progenitoras únicas. Y ya de por sí sufren de media peores
condiciones laborales”, argumenta Dulce María Moreno, secretaria de Formación
Sindical e Igualdad de USO.