martes, 20 de agosto de 2019

¿QUÉ ES EXACTAMENTE EL IPC Y POR QUÉ DEBEMOS REIVINDICARLO EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA?


Esta semana hemos conocido el IPC correspondiente al mes de julio, el índice que mide la inflación en España. Sus siglas corresponden a Índice de Precios al Consumo, y supone que mide los precios finales, los que pagamos los consumidores, no los precios al por mayor entre mayoristas. Para elaborarlo, el Instituto Nacional de Estadística elabora una “cesta de la compra”, en la que están incluidos todo tipo de productos, no solo aquellos de consumo básico, como alimentación, ropa, gastos de vivienda y transporte. En dicha selección, figuran también productos de ocio y cultura, y, desde hace unos años, los tecnológicos, por lo que suponen en el gasto de los hogares. En cada provincia, el INE cuenta con seguimiento en una serie de establecimientos que no pueden hacer público que participan de la estadística. Así, se consigue tanto el IPC nacional como el de cada comunidad autónoma.

El INE publica el índice a mediados de cada mes, entre el 12 y el 15, sobre el mes anterior. A finales de ese mes en el que se publica, el Banco de España valida el dato, lo que supone que a veces el IPC real suponga sobre el IPC adelantado alguna variación, que no suele exceder de 0,1%. Cuando se publica el IPC de cada mes, se hace con la variación mensual con respecto al anterior, y también con la variación interanual, con respecto al mismo mes del año anterior.
Además, existe otro índice, IPC Armonizado (IPCA), exigido por la Unión Europea para comparar las inflaciones de todos los miembros con los mismos baremos, y que presenta alguna diferencia en la medición de algunos productos, como compraventa de automóviles o los seguros.
Pero, ¿por qué es importante el IPC en la negociación colectiva? El IPC mide cuánto suben los precios y, por lo tanto, si los salarios no suben al menos ese mismo porcentaje, estamos perdiendo poder adquisitivo. “El IPC no es un índice perfecto, pero es lo más parecido que tenemos a una medición real de la subida del precio de la vida. Por ello, reivindicar cada año al menos la subida del IPC supone mantener nuestros salarios actualizados. Congelar los salarios supone, de hecho, rebajarlos, perder adquisitivo. Congelarlos sería en realidad subir solo el IPC: no me suben el sueldo, pero no pierde valor con respecto a la inflación”, explica Laura Estévez, secretaria de Comunicación y Estudios Sindicales de USO.
¿Se considera entonces la subida del IPC una subida salarial? “No, la subida del IPC no debe considerarse una subida salarial. Una subida salarial tiene que suponer ganar capacidad de compra, que nuestro sueldo realmente mejore con respecto al mercado. Por lo tanto, la subida salarial efectiva es el porcentaje que negociamos cuando hablamos de ‘IPC + x’. De ese porcentaje depende realmente mejorar nuestros sueldos o simplemente equipararlos a final de año con lo que nos cuestan de más los mismos productos que consumíamos”, concluye Estévez. El IPC de diciembre, validado en enero, es el que se utiliza como referencia para la revalorización anual en la negociación colectiva.