Esta semana hemos conocido el
IPC correspondiente al mes de julio, el índice que mide la
inflación en España. Sus siglas corresponden a Índice de Precios al Consumo, y
supone que mide los precios finales, los que pagamos los consumidores, no los
precios al por mayor entre mayoristas. Para elaborarlo, el Instituto
Nacional de Estadística elabora una “cesta de la compra”, en la que están
incluidos todo tipo de productos, no solo aquellos de consumo básico, como alimentación,
ropa, gastos de vivienda y transporte. En dicha selección, figuran también
productos de ocio y cultura, y, desde hace unos años, los tecnológicos, por lo
que suponen en el gasto de los hogares. En cada provincia, el INE cuenta con
seguimiento en una serie de establecimientos que no pueden hacer público que
participan de la estadística. Así, se consigue tanto el IPC nacional como el de
cada comunidad autónoma.
El INE publica el índice a mediados de cada mes, entre
el 12 y el 15, sobre el mes anterior. A finales de ese mes en el que se
publica, el Banco de España valida el dato, lo que supone que a veces el IPC
real suponga sobre el IPC adelantado alguna variación, que no suele exceder de
0,1%. Cuando se publica el IPC de cada mes, se hace con la variación mensual
con respecto al anterior, y también con la variación interanual, con respecto
al mismo mes del año anterior.
Además, existe otro índice, IPC Armonizado (IPCA),
exigido por la Unión Europea para comparar las inflaciones de todos los
miembros con los mismos baremos, y que presenta alguna diferencia en la
medición de algunos productos, como compraventa de automóviles o los seguros.
Pero, ¿por qué es importante el IPC en la negociación
colectiva? El IPC mide cuánto suben los precios y, por lo tanto, si los
salarios no suben al menos ese mismo porcentaje, estamos perdiendo poder
adquisitivo. “El IPC no es un índice perfecto, pero es lo más parecido que
tenemos a una medición real de la subida del precio de la vida. Por ello,
reivindicar cada año al menos la subida del IPC supone mantener nuestros
salarios actualizados. Congelar los salarios supone, de hecho, rebajarlos,
perder adquisitivo. Congelarlos sería en realidad subir solo el IPC: no me
suben el sueldo, pero no pierde valor con respecto a la inflación”, explica
Laura Estévez, secretaria de Comunicación y Estudios Sindicales de USO.
¿Se considera entonces la subida del IPC una subida
salarial? “No, la subida del IPC no debe considerarse una subida salarial. Una
subida salarial tiene que suponer ganar capacidad de compra, que nuestro sueldo
realmente mejore con respecto al mercado. Por lo tanto, la subida salarial
efectiva es el porcentaje que negociamos cuando hablamos de ‘IPC + x’. De ese
porcentaje depende realmente mejorar nuestros sueldos o simplemente
equipararlos a final de año con lo que nos cuestan de más los mismos productos
que consumíamos”, concluye Estévez. El IPC de diciembre, validado en enero, es
el que se utiliza como referencia para la revalorización anual en la
negociación colectiva.