Las
primeras medidas de Fase 2 estaban reguladas en la Orden SND/414/2020, de 16 de
mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional.
Tras el anuncio de la ampliación de territorios que cambian de fase, se modifican e incluyen nuevos artículos. Estos están regulados en la Orden SND/440/2020, de 23 de mayo, y entran en vigor el 25 de mayo. Hay novedades relativas al ámbito educativo y la formación, que se suman a otros sobre comercio, restauración y otras actividades.
¿Qué
novedades se establecen en la Fase 2 en materia de libertad de circulación?
Podrá
circularse por la provincia, isla o unidad territorial de referencia sin
necesidad de causa justificada.
Se
amplían los horarios para la práctica de actividad física no profesional de
personas de hasta 70 años. Podrá salirse a cualquier hora, siempre y cuando no
coincida con las franjas horarias de los mayores de 70: es decir, de las 10:00
a las 12:00 y de 19:00 a 20:00. Las comunidades y ciudades autónomas podrán
acordar que estas franjas horarias comiencen hasta dos horas antes y terminen
hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de
las mismas.
Tanto
para los paseos con niños, con adultos o la práctica de deporte, los grupos no
podrán ser de más de quince personas, excepto en el caso de personas
convivientes.
¿Qué
comercios pueden reabrir en la Fase 2 a partir del 25 de mayo?
A
partir del 25 de mayo, podrán reabrir todos los establecimientos y locales
comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales que tuvieron
que cerrar tras la declaración del estado de alarma. En esta fase, no existe
limitación de superficie, pero debe reducirse el aforo al 40%. En los locales
en los que no sea posible mantener la distancia de seguridad de 2 metros, solo
podrá permanecer un cliente en su interior.
Respecto
a los mercadillos, los ayuntamientos podrán aumentar la superficie habilitada o
establecer nuevos días para su celebración. A la hora de determinar los
comerciantes que pueden ejercer su actividad, el Ayuntamiento podrá priorizar
aquellos que comercializan productos alimentarios y de primera necesidad. Hay que
asegurar que no se manipulen los productos comercializados en los puestos por
parte de los consumidores. Los ayuntamientos establecerán requisitos de
distanciamiento entre puestos y condiciones de delimitación del mercado con el
objetivo de garantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y
viandantes.
También
pueden abrir sus puertas a partir del 25 de mayo los centros y parques
comerciales. Estos deberán limitar su aforo al 30% en las zonas comunes y, para
los locales, un 40% de aforo. En las zonas comunes no debe permanecerse,
únicamente transitar.
¿Qué
medidas de higiene y protección deben seguir los establecimientos comerciales?
Tendrá
que realizarse una limpieza y desinfección de las instalaciones como mínimo dos
veces al día. Se prestará especial atención a las superficies de contacto más
frecuentes. Una de las limpiezas se realizará, obligatoriamente, al finalizar
el día. Además, tienen que desinfectarse y limpiarse los puestos de trabajo en
cada cambio de turno.
Hay
que mantener la distancia mínima de seguridad de 2 metros. En caso de no ser
posible, como en peluquerías, centros de fisioterapia, etc…, deberá utilizarse
el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo que asegure la protección
tanto del trabajador como del cliente.
Por
medidas de precaución e higiene, no se podrá poner a disposición de los
clientes productos de prueba que no estén destinados a la venta, como, por
ejemplo, cosméticos o productos de perfumería. En los establecimientos del
sector comercial textil, y de arreglos de ropa y similares, los probadores
deberán utilizarlos una única persona. Después de su uso, se limpiarán y
desinfectarán.
En
el caso de los centros y parques comerciales, deberá reforzarse la limpieza y
desinfección de los aseos, garantizando siempre su estado de salubridad e
higiene. El uso de aseos familiares y salas de lactancia se limitará a una
única familia cada vez. El personal de seguridad velará por que se respete la
distancia mínima interpersonal de dos metros y evitará la formación de grupos
numerosos y aglomeraciones.
Todos
los establecimientos y locales deberán poner a disposición del público
dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida
autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.
¿Se
podrá consumir dentro de los bares y restaurantes en la Fase 2?
En
los territorios que entran en Fase 2, podrán reabrirse los establecimientos de
hostelería y restauración para consumo en el local, siempre que no se supere un
40% de su aforo. Las comunidades y ciudades autónomas podrán modificar el
porcentaje de aforo. Debe estar siempre entre el 30% y el 50%.
Solo
se podrá consumir sentados en mesa, preferentemente mediante reserva previa. En
ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente.
¿Qué
medidas de higiene y protección deben seguirse en los establecimientos de
restauración?
Deben cumplirse las mismas medidas que las
establecidas para la apertura de terrazas permitida en Fase 1. Pero, en interior,
debe hacerse especial hincapié en la limpieza, desinfección y control del uso
de aseos y zonas comunes.
Se
establecerá en el local un itinerario para evitar aglomeraciones en
determinadas zonas y prevenir el contacto entre clientes.
Tienen
que ponerse a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o
desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el
Ministerio de Sanidad.
¿Qué
novedades se establecen para hoteles y residencias en la Fase 2?
A partir del 25 de mayo, podrán reabrirse las zonas
comunes de hoteles y alojamientos turísticos. No pueden superar el tercio de su
aforo. Para la realización de actividades, eventos o uso de las instalaciones
deportivas, piscinas o spas, deben cumplir con el aforo máximo
estipulado y con las medidas de higiene, protección y distancia mínima
señaladas en el artículo 23 de la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo.
También
se establece la reapertura de las residencias para personal científico, técnico
e investigador de todos los ámbitos.
¿Qué
medidas de flexibilización se regulan para el ámbito educativo y de la
formación en la Fase 2?
Serán las administraciones educativas las que
decidirán sobre la reanudación de las actividades presenciales en el ámbito no
universitario y de la formación. También podrán decidir mantener las
actividades educativas a través de las modalidades a distancia y on-line,
siempre que resulte posible.
Las
autoescuelas o academias podrán reanudar su actividad presencial sin superar el
30% de su aforo. No obstante, deben priorizar la formación a distancia. De cara
a las medidas de higiene y prevención, deberán aplicar las mismas que las del
comercio minorista.
Para
las clases prácticas de conducción, será obligatorio el uso de mascarillas en
el vehículo de prácticas, tanto para el profesor como para el alumno. Deberá
limpiarse, desinfectar y ventilar el vehículo de prácticas antes y después de
su uso por cada alumno.
También
en la Fase 2 se reinicia la formación práctica presencial para personal
ferroviario que esté obteniendo nuevos títulos habilitantes en centros
homologados de formación para su incorporación al sector.
¿Pueden
reanudarse las visitas a residencias de mayores y personas con discapacidad?
En
la Fase 2, las comunidades y ciudades autónomas podrán permitir en su ámbito
territorial las visitas a los residentes de viviendas tuteladas, centros
residenciales de personas con discapacidad y centros residenciales de personas
mayores. También pueden permitir y delimitar los paseos por los residentes.
Serán las autoridades de cada ámbito las que establezcan las medidas de
protección, frecuencia y requisitos para las visitas.
¿Pueden
volver a celebrarse conferencias, congresos o reuniones de negocios en la Fase
2?
A partir del 25 de mayo, se permitirá la
celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias.
También se procederá a la apertura de pabellones de congresos, salas de
conferencias, salas multiusos y otros establecimientos e instalaciones
similares. Estos eventos no podrán superar la cifra de 50 asistentes y
debe fomentarse la participación no presencial.
¿Qué
actividades culturales se reanudan a partir del 25 de mayo en territorios de la
Fase 2?
Podrán
abrir al público las salas de exposiciones, visitar monumentos y otros
equipamientos culturales, siempre que no se supere un tercio del aforo
autorizado.
Todos
los cines, teatros, auditorios y espacios similares, cuya actividad se hubiera
suspendido tras la declaración del estado de alarma, podrán volver a su
actividad y abrir al público. Tienen que contar con butacas preasignadas y no
superar un tercio del aforo autorizado.
Las
bibliotecas amplían sus servicios, aunque las salas infantiles y las
colecciones de libre acceso permanecerán cerradas. Podrán realizarse consultas
en sala, manteniendo siempre un tercio del aforo. Igualmente, podrán usarse los
ordenadores y medios informáticos. También se permite consultar catálogos de
acceso público en línea, catálogos en fichas de la biblioteca o publicaciones
electrónicas.
Todos
los aparatos electrónicos y libros consultados y usados deberán limpiarse
después de cada uso.
Con
la llegada del buen tiempo, ¿se podrá ir a la piscina o a la playa en la Fase
2?
En
la Fase 2, se podrán reabrir las piscinas recreativas. Para ello,
deben seguirse unas estrictas medidas de higiene, desinfección y
mantenimiento de la distancia de seguridad.
Se
podrá acceder mediante cita previa a las instalaciones y el aforo máximo
permitido será del 30% de la capacidad de la instalación, siempre que sea
posible respetar la distancia de seguridad entre usuarios de dos metros.
No
se podrá hacer uso de las duchas de los vestuarios ni de las fuentes de agua.
Además, deberá ponerse a disposición de los usuarios en todo momento, jabón y/o
geles hidroalcohólicos, o desinfectantes con actividad virucida autorizados y
registrados por el Ministerio de Sanidad.
En
el caso de las playas, para el tránsito y permanencia en las playas, así como
la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo, el máximo de
personas por grupo será de 15, excepto los convivientes. Deberán respetarse las
medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para
la prevención del covid-19, sobre todo el mantenimiento de una distancia mínima
de seguridad dos metros.
Los
ayuntamientos podrán establecer limitaciones tanto de tiempo de uso como de
acceso, que en todo caso será gratuito, y de aforo en las playas. El objeto es
asegurar que se respeta la distancia interpersonal de, al menos, dos metros
entre bañistas.
Las
autoridades municipales deberán garantizar que se realiza una limpieza y
desinfección de las instalaciones y bienes de las playas. Usarán para ello
sustancias que no resulten perjudiciales para el medio ambiente.
¿Podrán
celebrarse bodas en la Fase 2? ¿Qué novedades hay con respecto a velatorios y
lugares de culto?
A partir del 25 de mayo, podrán celebrarse
ceremonias nupciales. Debe cumplirse en todo momento con las medidas de higiene
y prevención. Esto incluye todo tipo de instalaciones, ya sean al aire libre o
en espacios cerrados, siempre que no se supere el 50% de su aforo. En todo
caso, habrá un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o 50 en
espacios cerrados.
Para
la Fase 2, se amplía el número de personas que pueden participar en el
velatorio. Será de 25 en lugares abiertos y 15 en lugares cerrados. Se amplía a
25 la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona
fallecida.
En
el caso de la asistencia a lugares de culto, el aforo máximo se establece en el
50% y deberá publicarse en lugar visible del espacio destinado al culto.
En
todos los casos, deberán cumplirse las medidas generales de seguridad e higiene
establecidas por las autoridades sanitarias.
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