La Dirección General de Trabajo respalda la petición de USO y confirma, en la respuesta a la consulta de nuestro sindicato, que la legislación actual no permite la realización de elecciones sindicales por vía telemática.
USO elevó esta consulta a la máxima
autoridad laboral el pasado 23 de octubre, reclamando al Ministerio de Trabajo
un posicionamiento sobre la celebración de elecciones online, que se están
empezando a producir, para asegurar que los procesos sean democráticos y
garanticen la igualdad de oportunidades.
Trabajo ratifica la posición de USO y,
en un informe remitido a este sindicato, confirma que la normativa actual
establece claramente que la votación se efectuará en el centro o lugar de
trabajo o por correo. Con este fin, la empresa deberá poner a disposición de
las mesas electorales locales y medios que permitan su normal desarrollo. Por
tanto, la celebración de elecciones sindicales empleando herramientas virtuales
no está recogida en la ley.
Además, recuerda que únicamente se
suspenderá la votación o se interrumpirá su desarrollo por causa de fuerza
mayor, bajo la responsabilidad de la mesa electoral o mesa de colegio. Trabajo
apunta que, en este supuesto, podría quedar incluido un eventual caso de
rebrote por covid-19 que imposibilite la celebración de la votación en los
locales de la empresa con las necesarias garantías para la salud de los
miembros de la mesa electoral y los electores.
Sin legislación que avale los procesos electorales
digitales
En los últimos meses, otros sindicatos y
algunas empresas están planteando la celebración virtual de parte o todo el
proceso electoral. USO muestra su negativa y anuncia que se procederá a
impugnar dichas elecciones sindicales al no estar regulada esta posibilidad y,
por lo tanto, no se puede garantizar que el proceso sea democrático.
Por ejemplo, las votaciones del Port de
Barcelona para la elección del comité se han llevado a cabo de manera
telemática, utilizando la tecnología blockchain. Si esta tendencia continua y
al no estar regulada esta modalidad ni haber ninguna tecnología oficial avalada
por la administración, se va a dar la caótica e insegura situación de que en
cada centro de trabajo se usen diferentes e improvisados sistemas.
La normativa que regula las elecciones
sindicales no contempla, por obsoleta, esta posibilidad y no existe ninguna
ley, decreto, ni instrucción que regule el normal funcionamiento de un proceso
electoral, ni las garantías democráticas y de detección de posibles fraudes en
el desarrollo del mismo con este tipo de sistemas.
Por eso, USO pidió al Ministerio una
rápida actuación para garantizar que los procesos electorales en las empresas
se den con todas las garantías de seguridad, tanto de elección como sanitarias.