lunes, 8 de febrero de 2021

El Tribunal Supremo equipara la excedencia por cuidado de familiares al servicio activo en los concursos de traslado

 

El Tribunal Supremo equipara la excedencia por cuidado de familiares al servicio activo en los concursos de traslado

Una novedosa sentencia del Tribunal Supremo dictamina que en los concursos para la provisión de puestos de trabajo, la situación de excedencia voluntaria por cuidado de familiares debe equipararse a la de servicio activo, con el fin de evitar que la carrera profesional de las personas que usen un permiso de este tipo se vea afectada negativamente por el ejercicio de dicho derecho.

La sentencia, de 17 de diciembre de 2020,  resuelve el recurso de casación interpuesto por la Administración del Estado contra una sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que estimó el recurso contencioso-administrativo promovido contra la Resolución del Director General de la Función Pública de 27 de octubre de 2015, por la que se publicaba la relación individualizada de méritos generales de los funcionarios de administración local con habilitación nacional.

La cuestión en la que se entiende que existe interés casacional, objetivo para la formación de jurisprudencia, consiste en determinar: si las previsiones del artículo 57 de Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, tienen efecto directo sin mediación de las correspondientes bases de la convocatoria y, en caso afirmativo, si imponen una valoración de la situación administrativa de excedencia voluntaria por cuidado de familiares idéntica a la que se otorga a la situación administrativa de servicio activo.

Y en su fallo concluye que sí tienen efecto directo sin mediación de las correspondientes bases de la convocatoria imponiendo una valoración de la situación administrativa de excedencia voluntaria por cuidado de familiares idéntica a la que se otorga a la situación de servicio activo.