Con fecha 31 de marzo de 2021 se publica en
el BOE el Real Decreto
203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
Este Reglamento persigue cuatro grandes objetivos:
mejorar la eficiencia administrativa, incrementar la transparencia y la
participación, garantizar servicios digitales fácilmente utilizables y mejorar
la seguridad jurídica.
En primer lugar, persigue mejorar la eficiencia
administrativa para hacer efectiva una Administración totalmente electrónica e
interconectada. Así, se desarrolla y concreta el empleo de los medios
electrónicos establecidos en las leyes 39/2015, de 1 de octubre, y 40/2015, de
1 de octubre, para garantizar, por una parte, que los procedimientos
administrativos se tramiten electrónicamente por la Administración y, por otra,
que la ciudadanía se relacione con ella por estos medios en los supuestos en
que sea establecido con carácter obligatorio o aquellos lo decidan
voluntariamente.
Un segundo objetivo consiste en incrementar la
transparencia de la actuación administrativa y la participación de las personas
en la Administración Electrónica. Así, se desarrolla el funcionamiento del
Punto de Acceso General electrónico (PAGe), y la Carpeta ciudadana en el Sector
Público Estatal. Se regula el contenido y los servicios mínimos a prestar por
las sedes electrónicas y sedes electrónicas asociadas y el funcionamiento de
los registros electrónicos.
En tercer lugar, el Reglamento persigue garantizar
servicios digitales fácilmente utilizables de modo que se pueda conseguir que
la relación del interesado con la Administración sea fácil, intuitiva y
efectiva cuando use el canal electrónico.
Por último, busca mejorar la seguridad jurídica. Así,
se elimina la superposición de regímenes jurídicos distintos, se adapta e
integra en el Reglamento que aprueba este Real Decreto la regulación que aún
permanecía vigente del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, procediendo,
por ello, a su derogación definitiva y se adecua la regulación al nuevo marco
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y la Ley 40/2015, de 1 de octubre.