miércoles, 5 de mayo de 2021

Entrada en vigor nueva Ley del Registro Civil

 


Entrada en vigor nueva Ley del Registro Civil

SPJ-USO se pronuncia sobre la entrada en vigor de la nueva Ley del Registro Civil.

El 30 de abril de 2021 entró en vigor la nueva Ley Ordinaria 6/2021, que modifica la Ley 20/2011 y que lo hace 10 años después de su aprobación, todo un hito en la historia judicial de este país.

No obstante, la entrada en vigor no está exenta de polémica, como no podía ser de otra forma. Después de años de “supuesta negociación”, nada ha cambiado en las formas y los métodos del Ministerio de Justicia.

La entrada en vigor de la citada ley se hace de forma “transitoria”, sin que exista el correspondiente reglamento de desarrollo de la misma ni el famoso programa informático del que solo se sabe que se llamará DICIREG. Tampoco existe una definición concreta de la entrada en vigor de cada oficina registral, ni se sabe nada del código alfanumérico de identificación personal. En definitiva, una especie de “todo queda igual por ahora” a efectos territoriales y funcionales.

“Sorprendentemente” el Ministerio de Justicia ha tenido que emitir una nota informativa aclaratoria sobre la entrada en vigor, en donde básicamente acuerda una “vacatio legis” de facto de la ley.

Después de una lectura más detenida de la nueva ley y de la nota emitida por el ministerio, la situación resumida es la siguiente:

  • Hasta la nueva entrada en funcionamiento seguirán existiendo las mismas 4 secciones en el Registro Civil: nacimiento, defunción, matrimonio y tutelas.

  • Los mismos registros civiles existentes hasta ahora, incluyendo los correspondientes a los juzgados de paz, seguirán siendo competentes para tramitar los expedientes y practicar las inscripciones que hasta ahora realizaban.

  • En primer lugar, comenzarán por iniciar la transformación de los actuales Registro Civiles Exclusivos y el Central en Oficinas Generales y Oficina Central, respectivamente, mediante la entrada en servicio efectiva de DICIREG. En el primer caso se comenzaría por los RCE de Madrid y Barcelona (previsión en julio y noviembre de 2021, respectivamente), continuándose por el resto de RCE siguiendo el criterio de mayor a menor población del partido judicial (y sus oficinas colaboradoras). Finalmente entrarían en servicio el resto de Oficinas Generales correspondientes a los actuales registros civiles, con el mismo de criterio de población, en fases trimestrales y con aperturas de grupos de oficinas.

  • Se pretende el despliegue completo antes de finales del año 2022.

  • Privatización a través de los Notarios (también llamada eufemísticamente “externalización”), de la tramitación de los expedientes previos de matrimonio, así como las declaraciones de voluntad en los de adquisición, conservación, recuperación o pérdida de la nacionalidad.

  • Libro de Familia: según la citada nota de informativa emitida por el Ministerio de Justicia, seguirán expidiéndose los mismos en tanto en cuanto no se haya implantado el programa informático DICIREG. Teóricamente deberían sustituirse por un código alfanumérico único y personal para cada persona. Hoy por hoy, nada se sabe sobre este extremo.

  • Una vez que entre en vigor el programa DICIREG, imposibilidad de practicar inscripciones digitales por parte de los Juzgados de Paz (pasan a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil). Este es un hecho muy preocupante para SPJ-USO.

  • A la espera del desarrollo y aprobación del reglamento, en principio supone que se sobrecargaría de inscripciones a la Oficina General cabeza de partido con todas las que hasta ahora realizadas los Registros Civiles Delegados de su partido judicial. Si bien queda abierta la posibilidad de que el Encargado delegue sus funciones en el secretario/a de la oficina colaboradora, habrá que esperar al citado reglamento y a si es posible legalmente que el Encargado pueda delegar funciones específicas impuestas por ley ordinaria a través de un reglamento de rango inferior.

    Desde SPJ-USO, apostamos por una configuración totalmente pública del Registro Civil, servido por funcionarios de la Administración de Justicia, profesionales que entendemos, tanto por su formación como por su experiencia de años al frente de los mismos, los más válidos para continuar al frente de los mismos.

    Exigimos una negociación REAL tanto del reglamento de desarrollo como de las condiciones laborales y retributivas de los trabajadores y trabajadores de la Administración de justicia, advirtiendo al Ministerio de Justicia y a la Xunta de Galicia de que no vamos a permitir una merma de ninguno de sus derechos, peleando en todos los escenarios que legalmente sea posible.

  • Se ha conseguido que el personal de justicia continúe al frente de las nuevas oficinas registrales, pero queda abierta la eterna lucha por la negociación de las RPTs como nuevos centros de destino, así como sus retribuciones.

Comunicado de SPJ-USO SOBRE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY DEL REGISTRO CIVIL