viernes, 3 de marzo de 2023

Nuevos permisos retribuidos que recoge la Ley de Salud Sexual

 


La conocida como ley del aborto reforma los permisos retribuidos vinculados a la salud sexual y reproductiva. Te los detallamos en esta información

La Ley de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo, popularmente conocida como ley del aborto, además de garantizar el derecho al aborto en la sanidad pública y reconocer el derecho de las jóvenes a partir de 16 años a interrumpir el embarazo sin autorización paterna, entre otros, recoge una serie de permisos retribuidos vinculados a la salud sexual y reproductiva:

  • Permiso por reglas incapacitantes.
  • Un permiso en caso de aborto (ya sea espontáneo o no).
  • Permiso a partir de la semana 39 de gestación.

En los tres tipos de incapacidades temporales, el subsidio se percibirá desde el primer día en que se cause la baja. Esto constituye la diferencia más relevante respecto a otras incapacidades temporales, donde la retribución comienza a partir del cuarto día.

Diagnóstico de patología previa para acceder a la baja laboral por reglas incapacitantes

Para acceder al permiso debe haber, en primer lugar, un diagnóstico de patología previa que cause esa dismenorrea. La ley es clara en ello: “debe existir una situación de incapacidad derivada de una dismenorrea generada por una patología previamente diagnosticada: enfermedad pélvica (…).

Especialmente en el caso del permiso menstrual, se trata de una medida para paliar la discriminación entre trabajadoras y trabajadores. Los hombres no sufren este tipo de patologías y son muchos los casos en los que sus compañeras de trabajo perciben menor salario mensual por estar en situación de incapacidad temporal varios días por estas reglas incapacitantes. Y perciben menos salario porque las incapacidades temporales generales se cobran a partir del cuarto día, que es prácticamente cuando ya te das de alta porque ha desaparecido la sintomatología.

Permiso remunerado a partir de la semana 39 de embarazo

Por otro lado, quienes estén gestando podrán acogerse a una baja laboral a partir de la semana 39 de embarazo, que no se descontará del permiso por nacimiento.

A día de hoy las mujeres pueden disfrutar de hasta cuatro semanas de baja antes de la fecha de parto, pero se descuentan de las 16 del permiso establecido por ley.

Desde USO consideramos que este permiso se tenía que haber avanzado hasta la semana 37, ya que una de cada tres mujeres ha dado a luz antes de la semana 39, con lo que una parte de las mujeres embarazadas no podrán beneficiarse de este derecho.

USO celebra estas medidas y permisos retribuidos recogidos en la nueva Ley de Salud Sexual ya que suponen un importante avance para las mujeres y para la sociedad. Sin embargo, reivindicamos que deben aprobarse cuanto antes otras medidas como la reducción del IVA de los productos menstruales.