viernes, 28 de junio de 2013

DENUNCIA DE LA PRECARIEDAD LABORAL EN EL SERVICIO PROVINCIAL DE COSTAS DE TENERIFE



  
Rafael González Martín, miembro de la Junta de Personal de la AGE en esta provincia, en representación de los sindicatos USO-Acaip, y funcionario del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, denuncia que en los últimos dos años, en el Servicio Provincial de Costas en esta provincia se han producido una serie de bajas en la plantilla del personal laboral y funcionario por diversos motivos: jubilaciones, finalizaciones de contrato, traslado a otros destinos, enfermedades de larga duración, etc. y que dichas plazas  no han sido cubiertas, habiendo sido incluso amortizadas algunas de ellas en la relación de puestos de trabajo.

Pese a la buena voluntad de los empleados públicos del Servicio Provincial, que han asumido cargas de trabajo cuya competencia correspondería a niveles superiores al que les es remunerado y a que han tenido que realizar labores sin la debida formación técnica previa, la capacidad para atender al público con la calidad debida ha ido mermando, al aumentar la carga de trabajo por persona.

El nivel de desmantelamiento en este Servicio Provincial en el momento actual es tal que el Servicio de Actuación Administrativa, encargado de la gestión jurídica del Servicio Provincial,  y la sección de Recursos Humanos, han quedado sin personal para realizar su trabajo específico, lo cual a su vez, repercute en el resto del trabajo del Servicio Provincial.

Todo ello se traduce en una ralentización en la atención al público en sus peticiones (solicitudes de información, trámite de expedientes de autorizaciones, concesiones, etc), y especialmente, en la paralización de la actividad sancionadora del Servicio Provincial, lo que implica que muchas ocupaciones ilegales en la costa puedan quedar impunes, o sin poderse efectuar la recuperación posesoria de esos espacios públicos.

Para la FEP de USO no es admisible que un Servicio Provincial pueda quedar carente de asesoramiento jurídico y de gestión de personal, y no entiende el silencio del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en este sentido, pese a haberle sido requerido mediante escrito firmado por los representantes sindicales del personal laboral y funcionario una solución urgente a dicha situación, o a las diversas peticiones realizadas por la Jefa del Servicio Provincial para dotar las plazas vacantes.

Tampoco se entiende bien el mutismo del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, ya que con la actual política de reducción de empleados públicos hasta niveles extremos, lejos de mejorarse el déficit presupuestario estatal, se genera una mayor pérdida de ingresos, en este caso, por la pérdida de la recaudación de los expedientes sancionadores que se caducan ante la falta de actuación. Esta política ministerial incluso impide la realización de uno de los objetivos fundamentales del Servicio Provincial de costas, como es el de mantener la costa libre de ocupaciones ilegales.

Es una necesidad urgente e imprescindible la dotación de personal, especialmente en puestos de responsabilidad como los indicados. Por todo lo expuesto, la FEP de la USO, exige al Gobierno del Estado español, a través de los distintos Ministerios implicados en la gestión del personal de la AGE las siguientes medidas urgentes:

1 - Dotación urgente de personal funcionario, en cualquiera de las modalidades reconocidas por la legislación vigente (interinidad, comisión de servicios, convocatoria de plazas vacantes, etc.) de forma que puedan cubrirse todas las plazas de responsabilidad actualmente vacantes.

2 – Realización urgente de cursos de formación específicos para el uso de programas en los distintos puestos de trabajo del Servicio Provincial, destinados tanto al personal funcionario como al laboral.

3 – En caso de asumirse tareas de responsabilidad superior a la del puesto de trabajo oficialmente ocupado, reconocer tal hecho e incrementar la remuneración salarial en el importe correspondiente al grado del trabajo que realmente se ejecuta.

 

lunes, 24 de junio de 2013

REFORMA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS



El Consejo de Ministros aprobó el Acuerdo por el que se crea una Comisión para la reforma de las Administraciones Públicas.







lunes, 10 de junio de 2013

ASAMBLEA PARA DELEGADOS Y DELEGADAS



CON MOTIVO DE LAS MOVILIZACIONES DEL PRÓXIMO DÍA 16 DE JUNIO DE 2013,  POR EL EMPLEO Y LA PROTECCIÓN SOCIAL, TE CONVOCAMOS  A UNA ASAMBLEA EN LA QUE ESTARÁ PRESENTE NUESTRO COMPAÑERO MANUEL ZAGUIRRE CANO, SECRETARIO GENERAL DE LA USO  DURANTE MÁS DE 25 AÑOS.


LA ASAMBLEA SE CELEBRARÁ EL  14 DE JUNIO A LAS 9  HORAS, EN EL SALÓN DE ACTOS DEL EDIFICIO SINDICAL, CALLE MÉNDEZ NÚÑEZ, 84, EN  SANTA CRUZ DE TENERIFE.


¡¡ TE ESPERAMOS ¡!

POR UNA EUROPA MÁS SOCIAL.- MOVILÍZATE








LEY REGULADORA DE LA JURISDICCIÓN SOCIAL



Trabajadores y sindicatos no pagarán tasas cuando recurran en el Orden Social

El Tribunal Supremo ha establecido que los trabajadores, los sindicatos, los beneficiarios de la Seguridad Social, los funcionarios y el personal estatutario de la Administración no tendrán que pagar tasas cuando interpongan recursos de suplicación o casación en el Orden Social. 

   Así lo ha acordado la Sala de lo Social del alto tribunal en un pleno no jurisdiccional en el que se ha pronunciado respecto a la eventual inconstitucionalidad de algunos preceptos de la Ley de Tasas.

   El acuerdo recuerda que la norma ha generado múltiples dudas a los órganos jurisdiccionales del Orden Social. Por ello, ha decidido fijar unas pautas interpretativas al respecto que sirvan de guía.

   La Sala de lo Social menciona la Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita que establece que tendrán ese beneficio, con independencia de la inexistencia  de recursos,  los trabajadores y beneficiarios del sistema de Seguridad Social. 

   En el caso concreto de los sindicatos, el acuerdo menciona  la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social que dispone que "los sindicatos estarán exentos de efectuar depósitos y consignaciones en todas sus actuaciones ante el orden social y gozarán del beneficio legal de justicia gratuita cuando ejerciten un interés colectivo en defensa de los trabajadores y beneficiarios de la seguridad social".





UNA NUEVA SENTENCIA NOS DA LA RAZÓN EN DEFENSA DE LA LIBERTAD SINDICAL



El Tribunal Supremo ha estimado el recurso interpuesto por la Unión Sindical Obrera (USO) contra el Real Decreto por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social. “Es contrario al derecho fundamental a la libertad sindical, en relación con el principio de igualdad, limitar a los sindicatos más representativos a nivel estatal la iniciativa para incoar la fase previa del procedimiento y la recepción de los estudios e informes y de la comunicación sobre la necesidad de modificar las condiciones de trabajo.”

La Unión Sindical Obrera (USO) impugnó el Real Decreto por considerar que la limitación a las organizaciones sindicales más representativas a nivel de estatal de la legitimación para iniciar la fase previa del procedimiento y recibir los estudios e información que de la misma resulten lesiona el derecho a la igualdad en concordancia con el de libertad sindical que reconocen los artículos 14 y 28 de la Constitución.

Para la USO esta restricción injustificada incide, además, en el orden competitivo, pues situaría a las organizaciones sindicales más representativas a nivel estatal en mejor posición que los demás pues así podrán ofrecer mejores servicios a los trabajadores, vulnerando el principio de igualdad.