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Una vez analizado el citado texto, sólo podemos desde la USO calificarlo como “bodrio”. Un texto que nace como consecuencia del Acuerdo que el entonces ministro de Política Territorial y F.P. Miquel Iceta firmó con la parte social y que en sí, presentaba una base sólida y un marco válido para haber “alumbrado” un texto decente, y no el proyecto que ahora se nos presenta. Está claro que la administración no tiene ninguna voluntad de revalidar aquel acuerdo, y lo peor es que con seguridad, contará con el VºBº de aquellos sindicatos que en la Mesa General firmarán como siempre aquello que se les ponga por delante.
Pasamos a repasar los aspectos más penosos de este RD que no solo regula el teletrabajo de manera pésima sino que además, parece estar concebido para crear redes clientelares, al más puro estilo de las productividades, más para complacer a la Administración, que para hacer efectiva la regulación de lo que debería ser una modalidad más de trabajo:
Oposiciones y concursos
Lunes 03 de enero
El BOE publica hoy la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Una ley que por primar “las medidas urgentes”, se ha quedado “en una chapuza elevada a rango de ley y una oportunidad perdida para dejar resuelto un problema que afecta a miles de trabajadores y que ha sido obra de todos y cada uno de los gobiernos, sin excepción”, apunta Luis Deleito, secretario general de la Federación de Atención a la Ciudadanía de USO.
Se determinan como inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, en el año 2022, con el carácter de fiestas locales, los días que, con referencia a los respectivos municipios, se incluyen en la relación que figura en el anexo de la presente Orden.
ADEJE.
20 de enero: Festividad de San Sebastián. 10 de octubre: Festividad de Santa Úrsula.
AGAETE.
29 de junio: Festividad San Pedro Apóstol.
5 de agosto: Festividad de Nuestra Señora de las Nieves.
AGÜIMES.
El BOE del 29 de diciembre ha publicado la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, la nueva reforma de las pensiones. Dicha Ley presenta novedades en materia de revalorización, coeficientes reductores o jubilación anticipada, entre otros aspectos.
Una nueva reforma que supone recortes en el poder adquisitivo de los actuales y los futuros pensionistas, con una revalorización que, ya en el mismo año de su entrada en vigor, rebaja el valor de los ingresos de los pensionistas. Una garantía que solo se logrará con el blindaje constitucional de las pensiones que pedimos desde USO y la MERP.
Desde USO, te explicamos las principales novedades que recoge la Ley 21/2021 y cómo afectan a tu jubilación.
Nombramientos, situaciones e incidencias
Oposiciones y concursos
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Letrados al servicio del Tribunal Supremo
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2 y C1
Demasiadas expectativas se generaron sobre una nueva reforma laboral que no deroga las partes más lesivas de la de 2012 y que han llevado a un texto que decepciona. Tras tantos meses de opaca negociación y con los plazos establecidos por Bruselas, se prometieron cambios estructurales pero el resultado ha sido precipitado e insuficiente.
Las principales modificaciones están dirigidas a combatir la temporalidad y precariedad laboral, a través de medidas en la contratación y desincentivación; y la ampliación del uso de los ERTE para evitar despidos colectivos. De las medidas impuestas por la anterior reforma que debilitaron la negociación colectiva, solo se aborda la restauración de la ultraactividad y la prevalencia del convenio sectorial en la cuantía del salario y complementos. Una ultraactividad, además, que ya se aplicaba de facto gracias a la sentencia ganada por USO en el Tribunal Supremo.
Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE DEFENSA. Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada
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FELIPE VI,
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley:
PREÁMBULO
Del total de accidentes de trabajo con baja en 2020 (505.528), 52.248 fueron accidentes de tráfico, también denominados accidentes laborales de tráfico (ALT). Estos representan un 10,3 % del total de accidentes de trabajo el pasado año.
No todos los accidentes in itinere recogidos son considerados accidentes de tráfico, aunque sí la mayoría; en concreto, el 60,9 %. Le siguen los choques o golpes contra objeto inmóvil (25 %); las colisiones con un objeto en movimiento (6,3 %) y los sobresfuerzos físicos (5,9 %). La incidencia de los accidentes laborales de tráfico in itinere es 2,2 veces mayor que la incidencia de los que se producen en jornada de trabajo.
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Disposiciones generales
Oposiciones y concursos
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Letrados al servicio del Tribunal Supremo
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Carrera Diplomática