miércoles, 29 de marzo de 2023

REFORMA PENSIONES 2023

 

 ¿Qué años se van a tener en cuenta para determinar la base reguladora?

 Este apartado, que se aplicará a partir de 2026, se irá aumentando de forma progresiva hasta 2037. Mientras que en 2026 se tendrán en cuenta 25 años y 4 meses para determinar la base reguladora, a partir de 2037 se aumenta hasta los 27 años.

 ¿Qué ocurre con la jubilación parcial? 

Una vez más, la jubilación parcial vuelve a ser la gran olvidada y denostada, regulando solo que, en el plazo de un año desde la entrada en vigor del RD-Ley 2/2023, el Gobierno presentará ante el Pacto de Toledo una propuesta de modificación de la jubilación parcial, preservando la calidad del empleo de las personas relevistas y equilibrando el coste de esta modalidad. Será de aplicación, especialmente, en la industria manufacturera y otros sectores de actividad.

 ¿Qué es el Fondo de Reserva de la Seguridad Social?

 La reforma contempla la constitución del Fondo de Reserva de la Seguridad Social con la finalidad de atender las necesidades financieras en materia de prestaciones contributivas del sistema de la Seguridad Social. Dicho fondo se dotará con los excedentes de ingresos que financian las prestaciones de carácter contributivo, excedentes que resulten después de dotar la Reserva de Estabilización de Contingencias Comunes de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, excedente que resulte de la gestión de las contingencias profesionales por parte de las mutuas e ingresos obtenidos de las cotización finalista de Mecanismo de Equidad Intergeneracional. R D-L

¿Qué años se van a tener en cuenta para determinar la base reguladora?

BOC Nº 61. Martes 28 de marzo de 2023

 


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lunes, 27 de marzo de 2023

Cambios en la gestión de bajas o IT en la Reforma de las Pensiones

 


El Real Decreto-ley 2/2023, más conocido como “Reforma de las pensiones”, contempla algunas modificaciones en gestión de las bajas o incapacidad temporal

Además de todas las modificaciones que trae consigo la reforma de las pensiones, también recoge cambios respecto de la gestión de las bajas o IT, que te explicamos a continuación.

Gestión de las bajas o IT por parte de la Mutua: propuesta de alta

BOC Nº 60. Lunes 27 de marzo de 2023

 


BOC Nº 60. Lunes 27 de marzo de 2023

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viernes, 24 de marzo de 2023

BOC Nº 59. Viernes 24 de marzo de 2023

 


BOC Nº 59. Viernes 24 de marzo de 2023

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Nueva ley de pensiones: trabajo a tiempo parcial y alumnos en prácticas

 


USO te explica novedades de la reforma de las pensiones: equiparación del trabajo a tiempo parcial en la cotización y la inclusión de alumnos en prácticas en la Seguridad Social

La nueva reforma de las pensiones contiene una serie de modificaciones legislativas que vienen a cambiar algunos aspectos de las anteriores reformas y, por otro lado, a mejorar algunos de los aspectos más lesivos de dichas leyes. Desde USO te explicamos las principales novedades.

Equiparación tiempo parcial con tiempo completo

Esta reivindicación histórica queda resuelta con la publicación del RD-Ley 2/2023, modificando el artículo 247 de la Ley General de la Seguridad Social. De esta manera, se equipara el tiempo parcial al tiempo completo en cuanto a periodo de cotización, sea cual sea el tipo de contrato.

De esta manera, si una persona trabajadora ha trabajado 10 años con una jornada del 60 %, se le computarán como 10 años y no como 6, como se venía haciendo hasta ahora.

Este cambio facilita el acceso a la jubilación de personas trabajadoras, en su mayoría mujeres, y entrará en vigor el próximo 1 de octubre de 2023.

Reducción de la brecha de género en las pensiones

BOC Nº 58. Jueves 23 de marzo de 2023

 


BOC Nº 58. Jueves 23 de marzo de 2023

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miércoles, 22 de marzo de 2023

BOC Nº 57. Miércoles 22 de marzo de 2023

 


BOC Nº 57. Miércoles 22 de marzo de 2023

¿Qué ocurre si tenemos un accidente mientras estamos teletrabajando?


 Nos encontramos en un momento decisivo en la regulación del sistema de trabajo no presencial. La pandemia causada por la Covid-19 obligó a las Administraciones Públicas a dar impulso al teletrabajo para dar cobertura a servicios públicos garantizando así la seguridad y salud de su personal. Esto aceleró la necesidad de efectuar una regulación específica y detallada de esta modalidad de trabajo para sector público, debiéndose desarrollar la actual y escasa regulación mediante el desarrollo y elaboración de los protocolos y/o procedimientos específicos para la puesta en práctica del teletrabajo en los diferentes sectores públicos, siempre mediante la negociación colectiva en las diferentes mesas de negociación o convenios colectivos, en su caso.

A nivel preventivo, no podemos olvidar que los empleados y empleadas públicas que teletrabajan también tienen derecho a que la Administración proteja su seguridad y salud mientras desempeñan sus funciones en el lugar de su domicilio donde prestan sus servicios.

BOC Nº 56. Martes 21 de marzo de 2023

 


BOC Nº 56. Martes 21 de marzo de 2023

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lunes, 20 de marzo de 2023

ACCIDENTES DE TRABAJO: ¿QUÉ DEBEMOS SABER?


 Lo primero es tener claro qué es un accidente de trabajo o accidente laboral.  Como definición podemos decir que un accidente laboral es toda lesión corporal que la persona empleada pública sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. Tendrán, asimismo, consideración de accidentes de trabajo los contemplados en el apartado 2 del artículo 156 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de Octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Estos son:

a) los que sufra el trabajador o la trabajadora al ir o al volver del lugar de trabajo ( accidente in itinere );
b) los que sufra el trabajador/a con ocasión o como consecuencia del desempeño de cargos electivos de carácter sindical, así como los ocurridos al ir o al volver del lugar en que se ejerciten las funciones propias de dichos cargos;
c) los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aun siendo distintas a las de su grupo profesional, ejecute el trabajador/a en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa;
d) los acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo;

BOC Nº 55. Lunes 20 de marzo de 2023

 


BOC Nº 55. Lunes 20 de marzo de 2023

viernes, 17 de marzo de 2023

USO pide que se tramite como proyecto de ley la reforma de las pensiones

 


USO pide que la reforma de las pensiones se tramite como proyecto de ley en el Parlamento, con posibilidad de debates y aportaciones de grupos políticos y sociedad

El segundo bloque de la reforma de las pensiones ha sido avalada hoy por los sindicatos UGT y CCOO y el Ministerio de de Seguridad Social, sin ningún trámite parlamentario. La norma, que se aprobará por Real Decreto, incluye:

  • el aumento de las bases máximas de cotización.
  • una cuota de solidaridad a los salarios más elevados (del 1 % en 2025, aumentando en 0,25 % cada año hasta el 6 % en 2045).
  • la subida del mecanismo de equidad intergeneracional (del 0,6 hasta el 1,2 en 2050).
  • un incremento de las pensiones máximas del 20 % del 2051 al 2065).
  • dos opciones para el período de cómputo para la pensión: los últimos 25 años o los últimos 29, pudiendo eliminar los dos de menor cotización.

La reforma de las pensiones no se puede aprobar por decreto

“La reforma de las pensiones no se puede aprobar por decreto, sin que pase por el Congreso, sin una tramitación parlamentaria ordinaria, sin publicidad ni aportaciones. Una exigencia de Europa no puede anular el poder legislativo de España”, defiende Joaquín Pérez, secretario general de USO. Por este motivo, el máximo dirigente de USO pide que esta importante reforma del sistema público de pensiones se tramite de forma ordinaria como Proyecto de Ley.

BOC Nº 54. Viernes 17 de marzo de 2023

 


BOC Nº 54. Viernes 17 de marzo de 2023

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BOC Nº 53. Jueves 16 de marzo de 2023

 


BOC Nº 53. Jueves 16 de marzo de 2023

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